Desde tempranas horas de la mañana de este jueves, varias comunidades wayuú de La Guajira auspiciadas por la ONG Nación Wayúu, se han declarado en manifestación pacífica ante lo que han denominado »vulneración y violación de sus derechos ancestrales como a la vida, al territorio, a la salud, medio ambiente y el derecho fundamental a la Consulta Previa Libre e Informada, ocasionada por más de cuatro décadas por la operación minera».
Mediante un comunicado de prensa, la ONG señaló que esta toma a la vía férrea en jurisdicción de Albania, también es »para repudiar el acto hostil por parte de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa (Dancp) por el pronunciamiento realizado a través de la Resolución ST-2031 del 22 de diciembre de 2023, mediante la cual determinaron que no procede la consulta con las comunidades indígenas wayuú, por las afectaciones e impactos que ha ocasionado la empresa Cerrejón, durante estos cuarenta años de operación minera».
Según lo expresado en el comunicado, la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, en su pronunciamiento desconoce flagrantemente la Sentencia T-704 de 2016, que probó que no solo el pueblo wayuú ha sufrido afectaciones e impactos, si no que La Guajira en general sufre por la contaminación de las actividades de explotación de la mina, transporte (línea férrea) y operación del puerto.
Asimismo, expresan que, durante los meses de octubre y noviembre, luego de sendas reclamaciones por parte de las Autoridades Tradicionales a la empresa Cerrejón y a la Dancp por la vulneración del derecho a la consulta previa debido al incumplimiento de la Sentencia T-704 de 2016, se acordó quitarle a Cerrejón la facultad y potestad de determinar cuáles comunidades deberían ser objeto de consulta previa.
Aseguran que la empresa está obligada como accionada a cumplir la sentencia y no puede ser quien defina qué comunidad puede ser consultada y cuál no, »pues para nosotros y para el juez constitucional la empresa Cerrejón fungen como accionados (victimarios)».
Según los manifestantes, luego de estas acciones, se exigió a la Dancp que asumiera sus funciones legales de manera transparente e imparcial, garantizando sus derechos, »situación que terminó siendo peor, pues a través de la resolución emitida, se evidenció que esta dependencia actuó en favorecimiento de la empresa Cerrejón y en contravía a la ordenado por la honorable Corte Constitucional en la Sentencia T-704 de 2016».
Así las cosas, solicitan al Ministro del Interior se les informe el número del contrato mediante el cual se le brindó transporte a los profesionales de la Dancp para realizar las visitas con la empresa Cerrejón, o si por el contrario, se suscribió alguno para tal fin, quién realizó dicha contratación, el perfil y la experiencia de cada funcionario contratado para los ejercicios realizados.