Por Martin Nicolas Barros Choles
Los servicios de cámaras de seguridad deben declararse esenciales, en similitud a los servicios de comunicación y energía eléctrica, implementándose por necesidad, con cobertura global en el territorio nacional, apoyado en una campaña por la seguridad ciudadana, por los peligros que genera la delincuencia que asecha de manera indiscriminada y violenta, afectando a desprevenidos e inocentes, personas que resultan víctimas de la inseguridad. Los cubrimientos deben ser generales, en las jurisdicciones urbanas y rurales, ordenándose por ley o decreto la obligatoriedad del uso de cámaras de seguridad en las vías y espacios públicos. De igual forma, establecimientos públicos, industriales, financieros, educativos, recreativos, culturales, deportivos, comerciales, salud, servicios públicos y particulares, iglesias, sedes políticas, urbanizaciones, haciendas agrícolas, clubes y todas relaciones de compenetraciones, servicios y negocios, con el público.
Las cámaras de seguridad no constituyen un lujo, sino una necesidad emergente y apremiante para garantizar prevención y menguar el índice estadístico de la delincuencia. A la vez, se constituyen en un medio probatorio idóneo para resolver las investigaciones penales de manera breve, clara, transparente y sin dudas, ni rodeos, pero se requiere que los fiscales se conecten con las cámaras aéreas de seguridad, para fundamentar las imágenes documentales grabadas en los lugares de los hechos delictivos, que resultan suficiente para decidir de plano, evitando los largos términos que conllevan las investigaciones penales, generando gastos y desgastes sin garantía de efectividad.
El manejo de cámaras en los espacios públicos no debe ser secreto ni reservado, ni mucho menos de manejo exclusivo ni discriminado. Por el contrario, debe ser de libre acceso institucional, estamental y personal, sin afectar las intimidades, sujetas a los espacios públicos, para que puedan ser utilizadas en apoyo y colaboración; ante autoridades penales y civiles. Policía, Ejército, CTI, Dian y alcaldías deben disponer de salas de monitoreo satelital, con cámaras de seguridad que operen de manera permanente, con mínimas o sin interrupciones, conectadas con energía solar para que nunca se apaguen, sin descuidar los mantenimientos y el funcionamiento riguroso, para que siempre faciliten y suministren imágenes probatorias.
Con las cámaras de seguridad la estrategia de la Policía, debe reformarse a los protocolos de inteligencia y precisiones para prevenir, frustrar y abortar las ejecuciones criminales o delictivas. En monitoreo de cámaras de seguridad se detectan las personas sospechosas, que pueden ser objeto de seguimiento permanente, sin que el seguido sospechoso lo sepa. Desde ese punto de partida deben tomarse los procedimientos ordenativos concluyentes, de las autoridades penales y orden público. Cualquier persona puede capturar imágenes, desde su residencia en lugares públicos, acreditándoles validez probatoria en apoyo de investigaciones.
La seguridad garantiza estabilidad y confianza, en las convivencias sociales, comunidades y negocios. El uso masivo de las cámaras de seguridad, ilumina la oscuridad impune, que nos desosiega, intranquiliza, deprime, genera zozobra y miedo. Las autoridades ganan méritos, con acciones y actitudes positivas, productivas, contributivas y de buena fe. Pierden por omisivas, pasivas, indiferentes, encubridoras y negativas; frente a hechos, circunstancias y decisiones. El uso de las cámaras desarticula la delincuencia común.
La identificación biométrica está en mora de generalizar el uso obligatorio, en notarías, oficinas de registros, establecimientos financieros, crediticios y en todos aquellos documentos públicos y privados que se impriman las firmas. Por qué no sustituir las claves en cuentas bancarias con las que se han causado daños y perjuicios de robos y vaciadas de saldos disponibles, por huelleros digitales, personales, insuplantables e inclonables, para frenar las suplantación, falsificaciones, defraudaciones, apropiaciones ilícitas y transacciones de dineros en entidades financieras bancarias.