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Sección Quinta del Consejo de Estado admitió una demanda de Felipe Mejía, exconcejal de Riohacha

La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió la demanda interpuesta por el exconcejal de Riohacha, Felipe Santiago Mejía Herrera, a través de su apoderado Carlos Andrés Ballesteros…

La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió la demanda interpuesta por el exconcejal de Riohacha, Felipe Santiago Mejía Herrera, a través de su apoderado Carlos Andrés Ballesteros Serpa, con el fin de que sean amparados sus derechos fundamentales al debido proceso, al libre acceso a la administración de justicia, a la tutela judicial efectiva y a la participación ciudadana.

El abogado explicó a Diario del Norte que nunca fueron notificados en sus correos de las providencias proferidas por la sección Primera del Consejo de Estado que tiene que ver con el de pérdida de investidura, lo que no le permitió ejercer a cabalidad su debido proceso.

Expresó que ahora tiene la posibilidad de demostrar que ni él ni su apoderado fueron debidamente notificados, por lo que considera que existe la posibilidad de que se reinicie el proceso desde la segunda instancia, lo que sería favorable para su apoderado que podría regresar a ocupar su curul en el Concejo de Riohacha.

En el documento se indica que Mejía Herrera  consideró vulneradas sus  garantías constitucionales con ocasión de las irregularidades cometidas en el proceso de pérdida de investidura demandando por Claudio Raúl Ibarra Rodríguez, específicamente por  la indebida notificación del auto del 3 de diciembre de 2020 y de la sentencia del 19 de abril de 2021, que confirmó la providencia 14 de agosto de 2020 del Tribunal Administrativo de La Guajira, que dispuso la pérdida de investidura del concejal.

En ese sentido, el abogado Ballesteros Serpa solicitó que se dejen sin efectos las providencias proferidas por la Sección Primera del Consejo de Estado, esto es, el auto del 3 de diciembre de 2020, por medio del cual admitió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia y la sentencia del 19 de abril de 2021, que resolvió el recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia, dentro del proceso de pérdida de investidura impetrado en contra de Felipe Santiago Mejía Herrera, por haber sido notificadas en indebida forma.

Como consecuencia de lo anterior, se ordene a la Sección Primera del Consejo de Estado, realizar nuevamente la notificación del auto del 3 de diciembre de 2020, por medio del cual admitió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia, teniendo en cuenta los correos electrónicos indicados expresamente para tales efectos, tanto a mi poderdante como el suscrito apoderado, (hammejia@hotmail.com y ballesterosserpa@hotmail.com, respectivamente).

“Nunca fuimos notificados de las providencias de pérdida de investidura de mi apoderado Felipe Mejía”, dijo.

Abogado Carlos Andrés Ballesteros.

La Sección Quinta del Consejo de Estado solicitó notificar la existencia de la presente acción al Consejo de Estado – Sección Primera, como autoridad judicial accionada, para que dentro del término de tres días, contados a partir de la fecha de su recibo, se refiera a sus fundamentos, allegue las pruebas y rinda los informes que considere pertinentes.