Por incumplimiento a un fallo de tutela, interpuesto por el señor Danger Redondo Redondo, el Juzgado Tercero Penal de Riohacha, abrió un incidente de desacato contra el representante legal de la empresa Air-e, en la ciudad de Riohacha.
Además, ordena que se abra un proceso disciplinario en contra del funcionario encargado de cumplir con la orden legal impartida por el Juzgado, para establecer las razones por las cuales no se ha dado cumplimiento a la tutela.
En su solicitud de desacato, de fecha 19 de febrero de 2024, el líder social, Danger Redondo, le comunica al citado Juzgado, que los representantes de la empresa Air-e, en la ciudad de Riohacha, no se han pronunciado ante el ordenamiento tutelar impuesto por ese juzgado, mediante el fallo del 3/01/24.
Recuerda que en ese fallo se ordenó al representante legal de Air-e o a quien haga sus veces, que, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del fallo, responda de fondo, de manera clara, precisa y congruente el Derecho de Petición presentado por el accionante Danger Redondo Redondo, el día 5 de octubre de 2023.
“Este cumplimiento no se ha efectuado, del que estoy sumamente interesado en que se responda lo solicitado en ese Derecho de Petición, que dio origen a esta Tutela, por la razón de que los representantes de estas empresas piensan que solo tienen el deber de responder oportunamente, sin importarle si responden o no lo solicitado en ese Derecho”, expresó el demandante.
Puntualiza en su escrito el demandante que considera que la empresa prestadora del servicio de energía no responde la tutela por una respuesta de una funcionaria al personero del Distrito de Riohacha, Yeison Deluque.
[…] “De acuerdo con lo anterior, observamos que se encuentra presentando reclamación reiterativa por el mismo concepto. Por ende, esta prestadora se abstiene de emitir cualquier pronunciamiento de los argumentos y peticiones expuestas por el recurrente en su escrito de fecha 28 de diciembre de 2023, de conformidad con lo antes expresado”.
Danger Redondo indica que con la respuesta al personero, ve claramente la predisposición que tienen con él “solo por estar preguntando por las arbitrariedades que vienen cometiendo contra los usuarios que en su mayoría no alcanzan a expresarse ni a quejarse ante los malos servicios por muchas razones que se conocen”.
“De ser el suscrito reiterativo debe ser por reclamar el cumplimiento de la ley que los rige como viene a ser la ley 142/94, es que mi desempeño está enmarcado en estos quehaceres”, se precisa en el documento