La Fundación para la Libertad de Prensa -Flip-, en un comunicado a la opinión pública, llamó la atención al senador Alfredo Deluque Zuleta, a quien le recordó que como servidor público le asiste un deber de garantía de las libertades y derechos fundamentales de la ciudadanía.
La situación tiene que ver con una serie de mensajes que el parlamentario envió a través de WhatsApp al periodista Federico Acuña (director del portal Federico Acuña Noticias) el 30 de marzo, al que se refiere como “mentiroso”, y emite juicios sobre la ética del periodista y la objetividad del contenido que él publica, incluyendo aquel que hace sobre su gestión como servidor público, precisa la Flip.
Considera la Fundación para la Libertad de Prensa que contactar de esa forma a un periodista para controvertir su trabajo puede resultar inhibitorio para su trabajo y afectar el flujo de información de alto interés público “como lo son las gestiones realizadas por usted y cualquier otro servidor público”.
“Al respecto, queremos recordarle respetuosamente que, como servidor público y en su calidad de senador de la República, se le exige un comportamiento distinto al del resto de los ciudadanos: a usted le asiste un deber de garantía de las libertades y derechos fundamentales de la ciudadanía”, se indica en el comunicado.
Recuerdan, que la Corte Constitucional se ha referido a los deberes especiales que tienen los servidores públicos respecto a sus pronunciamientos públicos de la siguiente manera: “De cara a la posibilidad de difundir informaciones y opiniones, los servidores públicos difieren de los particulares, en tanto desempeñan una actividad regulada y con un alto compromiso social; en ese orden, sus manifestaciones deben ser incluso más prudentes y respetuosas de derechos como el buen nombre, la honra y la intimidad y, por tanto las posibles extralimitaciones que puedan cometer serán objeto de un control más estricto, con mayor razón, cuando se expresan a través de medios de comunicación masiva”.
Adicionalmente, en la Sentencia 087 de 2023, la Corte destaca la obligación de actores, partidos y movimientos al cumplimiento de sus deberes constitucionales de respeto a la libertad de expresión.
“Esto no significa que no pueda controvertir aquellas publicaciones de medios y periodistas que considere que tienen información errónea o inexacta; sin embargo, debe hacerlo, asumiendo su rol como servidor público, de manera respetuosa y responsable, haciendo uso de los mecanismos democráticos dispuestos para ellos como la solicitud de rectificación y de réplica. Es su deber asumir y promover de manera constante un discurso favorable que respalde la labor de la prensa”, se indica en el documento.