Pedro Pablo Vanegas Gil, magistrado de la sala contencioso administrativo del Consejo de Estado resolvió revocar y declarar no probada la falta de legitimación, al acto de elección del concejal del municipio de Fonseca Deiber Alberto Guerra Bula para el periodo 2024 – 2027, ya que según el demandante Beder Enrique Guerra Alfaro, el funcionario incurrió en el delito de doble militancia al participar en la consulta interna realizada por el movimiento político Colombia Humana y se inscribió y fue elegido, para las mismas elecciones, por el partido Esperanza Democrática.
Y por lo tanto comfirma la sentencia del 22 de agosto del 2024, dictada por el Tribunal Administrativo de La Guajira, mediante la cual negó las pretensiones de nulidad en contra de la elección de Deiber Alberto Guerra Bula como concejal de Fonseca, La Guajira.
Asimismo, resuelve remitir la presente decisión a la Registraduría Nacional del Estado Civil, para que realice la investigación pertinente frente a los recursos gastados al llevar a cabo la consulta interna desarrollada por el
movimiento político Colombia Humana el 23 de abril de 2023 en el municipio de Fonseca (La Guajira).
Por su parte el demandado Deiber Alberto Guerra Bula, mediante una apoderada judicial indicó que, antes de obtener el aval del partido Esperanza Democrática, presentó, formal y públicamente su renuncia a Colombia Humana el 29 de julio de 2023, lo cual desvirtúa la doble militancia, pues no estuvo afiliado simultáneamente a dos partidos políticos al momento de su inscripción a las elecciones.
Adujo que Colombia Humana atravesó una situación que le impidió expedir los avales correspondientes para el proceso electoral de 2023, pues el partido no contaba con personería jurídica para hacerlo, en ese momento, circunstancia que era de público conocimiento, y fue certificada por la propia agrupación y que justificó su decisión de
aceptar el aval por otro movimiento, a saber, Esperanza Democrática.