La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, condenó a tres exgobernadores de La Guajira por el delito de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales.
La decisión judicial cobija a Hernando David Deluque Freyle, Alejandro Magno Builes Suárez y Raúl Nicolás Fragozo Daza, al considerar el alto tribunal, que cometieron varias irregularidades cuando firmaron contratos sin ninguna planeación y sin que se realizara la debida adjudicación a la mejor propuesta.
El fallo condenatorio de la Sala Especial de la Corte, señala que por el contrario, los exfuncionarios, “de manera consciente y voluntaria, se apartaron de los principios de la contratación estatal al fraccionar de manera irregular los contratos a efecto de obviar el proceso licitatorio, defraudando así las expectativas que en ellos se depositaron sus electores”.
Para llegar a esta condena, con ponencia del magistrado Jorge Emilio Caldas, la Sala revisó 16 contratos, hallando, por ejemplo, que todas las empresas que se quedaron con los proyectos presentaron propuestas por debajo del precio solicitado; tenían formatos muy similares; y en otras ni siquiera hubo licitación.
Dichos contratos tenían relación con pavimentación de calles en Riohacha; mantenimiento de vías de municipios cercanos; canalización de aguas residuales, adecuación y mejoramiento de vías urbanas.
Para el alto tribunal, quedó claro que los exgobernadores no respetaron la normatividad de la contratación, adjudicaron contratos públicos sin planeación y probablemente entregaron los negocios para beneficiar a una misma empresa.
El exgobernador Hernando Deluque ya había sido condenado por la Corte Suprema de Justicia a 9 años por contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.