El alcalde del municipio de Barrancas, Vicente Berardinelli, valoró la decisión del concejo de aprobar el acuerdo 005 por medio del cual se conceden beneficios a los comerciantes con alivios tributarios del 90, 70 y 50 % en los intereses moratorios del impuesto predial unificado, así como industria y comercio, los cuales siguen vigentes en esta anualidad.
El mandatario pidió a la comunidad acogerse al beneficio para que normalicen su situación y se pongan al día con sus obligaciones tributarias. Berardinelli expresó que desde la secretaría de Hacienda, se trabaja en la socialización de la medida.
Por su parte, el secretario de Hacienda, Carlos Leonardo León Barón, precisó que ha visitado diferentes sectores del municipio para compartir la información y que la comunidad se acoja a los beneficios
“En el día de hoy la secretaría de Hacienda del municipio de Barrancas, ha emprendido la campaña ‘La Hacienda al Barrio y al Comercio’, con la cual buscamos que los establecimientos del comercio se pongan al día con los impuestos, tales como industria y comercio e impuesto predial. Aprovechando que tenemos en estos momentos un acuerdo municipal que está concediendo alivios tributarios a los contribuyentes”, precisó.
Agregó que “la campaña la emprendemos para que todos los establecimientos comerciales se pongan al día en el municipio con los impuestos y nosotros como municipio poder invertir en obras de beneficio comunitario para nuestra población”.
En ese sentido, el Concejo Municipal aprobó el acuerdo No 005 de febrero 29 de 2024, por medio del cual se conceden beneficios a los comerciantes con alivios tributarios del 90, 70 y 50 % en los intereses moratorios del impuesto predial unificado, así como industria y comercio, los cuales siguen vigentes en esta anualidad.
Los alivios tributarios se otorgarán desde este 1 y hasta el 28 de abril y consisten en descuentos del 90% sobre los intereses de mora; y el 5% de descuentos a contribuyentes que se encuentren al día con el impuesto predial hasta el año 2023 y paguen el año 2024.