En el año 2016 se inicia un nuevo periodo de la administración de Villanueva, encabezado por el alcalde Luis Alberto Baquero Daza, con el compromiso de cumplir con las necesidades del pueblo villanuevero. Un municipio que ha venido creciendo con los años en todos los órdenes y por lo tanto una de las propuestas del alcalde de la época, fue la de gestionar proyectos de vivienda para la población; es cuando se inicia la gestión con el Ministerio de Vivienda y Territorio para la adjudicación de un proyecto que iría encaminado para solucionar el déficit de viviendas en el municipio.
Fue así como se formuló el proyecto con Findeter, siendo gerente Luis Fernando Arboleda y recuerdo como si fuera ayer, que los tiempos estaban cortos y había un paro de transporte y el exalcalde Baquero Daza, envió al secretario General de la época Jorge Luis Céspedes Ospino para que entregara el proyecto en las oficinas de Barranquilla. Es bueno reconocer el apoyo de la familia Lacouture Peñaloza la cual fue fundamental para que este proyecto se convirtiera en una realidad.
El municipio firma el convenio interadministrativo de cooperación No. 040 del 2017 con el Fondo Nacional de Vivienda –Fondivivienda–, con el objeto de “aunar esfuerzos para desarrollar un proyecto de vivienda de interés prioritario en el predio identificado con el folio de Matrícula Inmobiliaria No. 214-17940, para entregar las viviendas resultantes a título de subsidios en especie a la población más vulnerable”.
Este proyecto fue presentado por el entonces alcalde Luis Alberto Baquero Daza y de su secretaria de Planeación de la época, Karen Valdez Peñaloza, para 200 viviendas, pero finalmente por déficit de subsidios quedó en 140 como así se lo manifestara la ministra de la época, hoy gobernadora del Atlántico, Elsa Noguera, al exalcalde en su despacho en la ciudad de Bogotá. Proyecto que finalmente contó con el buen juicio del secretario de Planeación que terminó en la administración de Baquero Daza, como lo fue Luis Carlos Olivella Fernández, quien surtió todos los efectos técnicos para que ‘Villa Lucila’ fuera una realidad.
La ejecución de los recursos para la construcción de los proyectos convenidos, se firma en el contrato de Fiducia Mercantil, suscrito entre Fonvivienda y Consorcio Alianza-Colpatria, esto se entendería como el Fideicomiso PVG II. El consorcio Alianza-Colpatria adelantó el proceso de selección del contratista para la ejecución de contrato de diseño y construcción, luego éste escogió en el proceso de selección al consorcio Vivir Villanueva como ejecutor de este contrato. Es bueno recordar que dentro del objeto del convenio entre el Fideicomiso y el consorcio Vivir Villanueva se contaron con las siguientes fases: Proyecto urbano arquitectónico, elaboración de estudio y diseño, revisión de ajustes de los estudios y diseños, trámite de licencias, construcción, entrega del proyecto y liquidación del contrato y construcción.
Luego de todos estos trámites se inicia un proceso de largo trabajo entre el municipio de Villanueva y el Consorcio Vivir Villanueva para entregar el lote en comodato, lo cual tuvo que ser autorizado por el honorable Concejo municipal, y entrega de certificaciones de disponibilidad de los servicios públicos, visitas de obras. Para ello la Alcaldía en cabeza de Luis Alberto Baquero Daza logra varias obras adicionales hacia el lote para cumplir con las normas en la construcción de la Urbanización Villa Lucila.
En el año 2019 se da por terminado todo el proceso de estudio y su fase 2 y se da por iniciado el proceso de construcción del proyecto que fue denominado Urbanización Villa Lucila, tal como aparece registrado en el Ministerio de Vivienda y Territorio y su nombre no se ha cambiado hasta la fecha. El contratista ingresa la maquinaria y procede con el cerramiento del lote y es cuando aparece una demanda jurídica contra el municipio de Villanueva por el particular Juan Liñán Rincones. Demanda donde sale airoso el municipio gracias al equipo jurídico con el que contaba la Alcaldía donde se demostró con su derecho de defensa y contradicción exponiendo los fundamentos de hecho y de derecho que jurídicamente hacían inviable la admisión de la demanda de declaración de pertenencia por prescripción ordinaria adquisitiva de dominio. Y por medio de providencia datada el 19 de diciembre de 2019, el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Villanueva-La Guajira, al pronunciarse sobre el recurso de reposición debidamente presentado por el apoderado judicial del municipio, decidió acoger la tesis argumentativa y defensiva planteada por el doctor Maestre Dangond, para la cual resolvió: “Reponer el auto de fecha 15 de octubre de 2019, según los argumentos esgrimidos en la parte motiva de esta providencia” y “Rechazar la demanda en referencia por las consideraciones antes expuestas en la providencia”.
Ahora el señor alcalde Carlos Alberto Barros Mattos pretende cambiarle el nombre a la Urbanización Villa Lucila por Mañanitas de Invierno, cuando ese nombre no ha existido nunca y en el colectivo de la gente de Villanueva el nombre es Villa Lucila y no otro.
Es bueno recordarle al señor alcalde que él no ha formulado ni ha gestionado este proyecto y mucho menos coadyuvó en los impases jurídicos que se presentaron en su construcción. Mis queridos lectores, si usted escribe un libro y ya tiene un título y otros toman ese libro y le cambia el título, ¿Cómo se llama? Plagio y eso es lo que está sucediendo o quiere suceder con “Villa Lucila”.
Finalmente, resaltamos la honestidad de Marcela Victoria Rincones Rumbo, quien había salido favorecida del proyecto de vivienda, renunciando del beneficio para que se le entregara la vivienda a otra persona, ya que ella posee casa propia. Un gesto de honradez y ética, digno de imitar.