Las normas relacionadas con la doble militancia y topes de gastos en campañas partidistas de nada han servido para respetar su vigencia y cumplimientos normativos por carencia de pensamientos y disciplina, pero ejercen la mercademocracia, es decir, política de mercado o negocios que persiguen las direcciones de tradicionales partidos politiqueros que nos tienen hundidos en el precipicio de desgracia por causa de la corrupción imperante que domina y manejan los poderes y administración pública.
Los gastos de campañas no son más que farsas. Incumplen reglas de juego con promociones de campañas y financiación de candidatos a presidencias, gobernaciones y alcaldías. De las listas únicas de bancadas ni se diga. Algunos de los miembros que conforman una determinada lista partidista con votos preferentes, sobrepasan el monto establecido por la ley de gastos a la lista en procura de superar a los demás miembros, desbordándose en publicidades y compraventas, de electores.
La ley no determinó cuáles gastos de campañas no se incluyen o se exceptúan de costos en relación contable, lo que hace presumir que todas acciones y operaciones durante los tres meses de campañas políticas suman gastos y reciben aportes, pero no los contabilizan. Gastos laborales, administrativos, pagos a asesores, líderes y activistas. Arriendos de inmuebles destinados a comandos en distintos lugares, arriendo de vehículos de tiempo completo durante el término de campaña y otros, esporádicos, compras de gasolinas.
Pagos a testigos electorales y jurados de votación, contratación con medios de comunicaciones, impresiones variadas de publicidad, vallas, afiches, calcomanías, avisos, pendones, camisetas, cachuchas, manillas, etc. Costos de mercados y logísticas para diferentes comunidades, reuniones y eventos masivos. A todo lo relacionado agrégueles compras de dirigentes y líderes para que intermedien a la vez compraventas de votos, en distintas áreas y zonas territoriales de las jurisdicciones, locales y departamentales.
Los topes fijados por la ley y regulados por el Concejo Nacional Electoral en cada periodo electoral son equivalentes a un 10% de lo que verdaderamente cuesta la campaña, ganar una elección. Por ejemplo, en el territorio departamental de La Guajira y el municipal, de Barrancas. El tope de gastos legal para la Gobernación de La Guajira es menos de los $2 mil millones, pero el costo para ganarla no es inferior a los $20 mil millones. Para la Alcaldía de Barrancas deben gastarse los candidatos $450 millones, pero el costo que demanda triunfar en el citado municipio, donde están rodando billetes, sobrepasará los $5 mil millones.
Situaciones similares se reflejan en diferentes localidades donde predominan las compraventas mercantilistas electoreras con participaciones de carteles mafiosos y clanes familiares disputándose poderes y mandatos públicos ante la permisividad, debilidad, ignorancia, miedo e indiferencia de quienes democráticamente tenemos la potestad y dignidad de elegir en conciencia y no por el dinero que: entrampan, atrapan, acorralan, someten y humillan por causa de necesidad, pero desgraciadamente repiten sin pudor vendiendo el voto a quienes los mantienen sumidos en la pobreza.
Para calificar doble militancia, primero deben existir partidos políticos con pensamientos doctrinarios, no politiqueros, que aparecen como aves migratorias en ferias electorales. De ahí en adelante no se sabe de su existencia por inoperatividad, hasta cuando comienzan los negocios de expedición de avales para candidaturas y listas. Si no hay partidos operantes o los que fingen como partidos políticos carecen de registros de afiliación o inscripción de militantes. ¿De esta forma, cómo tipificaría la doble militancia? ¿Por ‘camaleonadas’, deserción o liberación? ¿Cuándo se ha sancionado un partido político por avalar candidatos inhabilitados?
¿Si se acepta el voto preferente en las listas partidistas y acuerdan coaliciones multipartidistas coavalando, qué gracia tiene la doble militancia? La doble militancia se ha vuelto un factor común en las ferias y circos politiqueros, pero legalmente se constituye en armas de doble filo que pueden utilizarse para demandar y tumbar alcaldes, gobernadores, parlamentarios, diputados, concejales y ediles. Los que no ganen elecciones, aun cuando hayan estado incursos en doble militancia no reciben ningún castigo sancionatorio. Así se demuestra la incoherencia normativa, aplicada a unos y a otros no, cuando equitativamente sería igual para todos.
Los que recogieron firmas como grupos significativo y después sean avalados o coavalado por partidos políticos con personería jurídica están incurriendo en doble militancia. Si ganan, los contrarios, a lo mejor demandarán y fácilmente los tumbarán. Pero si pierden no les pasa nada. Ahí está la diferencia. Lo correcto es prevenir detalles legales que garanticen estabilidad de gobierno en el periodo de mandato.
Las bancadas no son partidos sino empresas electorales de distinguidos dueños y socios que han venido gobernando disfrazados de democracia, cuando es un negocio que circula al vaivén de la inestabilidad, por intereses particulares, personales y por conveniencias de quienes dirigen y participan de presupuestos en instituciones nacionales y territoriales. Por falta de solidez, responsabilidad de dirección y seriedad.