En Colombia es un hecho notorio que hemos tenido escándalos de corrupción que nos han indignado.
Así mismo, hemos vivido una de las épocas más aberrantes debido a la corrupción por la que mueren niños de física hambre ya que se desvían los recursos destinados a su alimentación.
Ahora bien, el artículo 336 de la Constitución política de Colombia reza que: “El bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población son finalidades sociales del Estado. Será objetivo fundamental de su actividad la solución de las necesidades insatisfechas de salud, de educación, de saneamiento ambiental y de agua potable”.
De hecho, de este mandato constitucional se desprende el artículo 365 del régimen económico y de Hacienda Pública de Colombia que reza: “Los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional”.
Mientras tanto, el artículo 334 del mismo, afirma que “la dirección general de la economía estará a cargo del Estado. Este intervendrá, por mandato de la ley, en la explotación de los recursos naturales, en el uso del suelo, en la producción, distribución, utilización y consumo de los bienes y en los servicios públicos y privados”.
Así las cosas, se puede afirmar que la Hacienda Pública es el conjunto de entidades del Estado encargada de la administración de los recursos relacionados con la ejecución de los ingresos o el recaudo y la ejecución de los gastos.
Con relación a la administración de la Hacienda Pública, está estipulado que en el nivel nacional le corresponde al Ministerio de Hacienda y Crédito Público como responsable de la administración y ejecución de los recursos del Estado. Además de los asuntos relacionados en materia económica y fiscal, de crédito, cambiario, monetario, presupuestal y de tesorería. Y, a nivel territorial le corresponde a las secretarías de Hacienda y finanzas públicas que apoyan la administración de los recursos.
Por otra parte, a nivel nacional, la gestión y recaudo de estos recursos le corresponde y es labor exclusiva de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, conocida como Dian. Ingresos que recauda esta entidad y que pasan a las arcas del Estado a ser administrados por el Ministerio de Hacienda.
Para que todo sea posible, el Estado necesita fuentes de ingresos. Por eso vemos prácticamente cada año que el gobierno de turno hace la respectiva reforma tributaria pero además que en nuestro país personas naturales o jurídicas hacen su aporte con el respectivo impuesto de renta, impuesto predial unificado. El primero es producto de las utilidades obtenidas y el segundo pago de impuestos sobre sus propiedades. Adicionalmente, el IVA.
En resumen, el Estado recibe ingresos por medio de impuestos, tasas y contribuciones que posteriormente, el Ministerio de Hacienda se encarga de distribuir de acuerdo a sus políticas internas con la misión de satisfacer las necesidades de la comunidad.
En síntesis, la Hacienda Pública debe garantizar el recaudo de unos ingresos provenientes de los impuestos; la ejecución y control de los recursos; la asignación de un presupuesto equitativo a las entidades públicas y ejercer control en la ejecución del presupuesto.
Para concluir, desde siempre y a raíz de la corrupción que nos carcome muchas veces he sentido impotencia e ira. La razón es que como ciudadano de a pie me llama la atención la forma como el corrupto se hace encarcelar, pero sale a los pocos meses a disfrutar del dinero y bienes adquiridos ilícitamente.
Igualmente, porque pienso que la solución es atacar la corrupción con lo que tendríamos muchos recursos para inversión social y no tener que hacer una reforma tributaria cada año enviando un mensaje al mundo de inseguridad tributaria que espanta a los inversionistas.