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Conmoción Interior: una pesadilla

Por: Martín Nicolás Barros Choles
mayo 10, 2021
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La Conmoción Interior, es un estado excepcional que declara el presidente de la República en uso a facultades constitucionales, fundamentada en existencia de graves perturbaciones de orden público, que atente con la estabilidad y la seguridad institucional de estados y las convivencias ciudadanas. De acuerdo con la definición de la norma constitucional, el presidente Iván Duque tiene razón de justificación para decretar “Conmoción Interior” por término de 90 días, prorrogable hasta 270 días, como lo solicitan a gritos senadores del Centro Democrático. El problema consiste en valorar costos de operación militar y los resultados macabros e inhumanos que de ella se originen y las repercusiones, internas y externas que se reflejen de manera negativa y horrorosa.

El Estado de Conmoción Interior sustituyó en la Constitución del 91 al Estado de Sitio, muy recordado por la aplicación en el gobierno del presidente Carlos Lleras Restrepo, para arrebatarle y robarle la presidencia al exgeneral Gustavo Rojas Pinilla, que la había ganado de manera contundente en el periodo 1970-1974, concediéndosela de manera ilegítima con descarados fraudes al presidente Misael Pastrana Borrero, originando la conformación de la organización guerrillera M-19.

Con anterioridad, en otro hecho histórico de Colombia, el presidente, Mariano Ospina Pérez dispuso decretar “Estado de Sitio” por causa del asesinato del líder del Partido Liberal, Jorge Eliécer Gaitán, garantizando de esa forma la sucesión de gobierno en cabeza del presidente Laureano Gómez, con el apoyo las fuerzas militares, quienes más tarde le dieron golpe de Estado, originando la conformación de la guerrilla Farc. Dos breves reseñas de antecedentes históricos nos hacen presumir y deducir consecuencias deplorables y cuestionables que se originarían de la Conmoción Interior.

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En declaratoria de Conmoción Interior, el presidente debe ejercer como dictador militarizando y gobernando por decretos. Suspende las funciones de alcaldes, gobernadores y demás autoridades competentes. En la mencionada Conmoción Interior, se ordenan toques de queda nacional. Policía y Ejército reemplazan a las autoridades administrativas, controlando con fuerza brutal y uso de armas de fuego a revoltosos, vándalos y otros rebeldes que pacíficamente manifiestan inconformismo y reclaman derechos. La Conmoción Interior puede ser un payaso para confrontaciones bélicas, en la que participarán además de cuerpos armados de Estado, guerrillas, paramilitares, carteles y bacrines en favor y contra de manifestantes.

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