El pasado 2 de diciembre se aprobó finalmente el acto legislativo “Por el cual se fortalece la autonomía de los Departamentos, Distritos y Municipios, se modifica el artículo 356 y 357 de la Constitución Política” que polarizó la opinión pública del país por los efectos fiscales que algunos opositores consideran que esta modificación a la carta política de 1991 conllevaría a Colombia a ser un país fallido por su insostenibilidad financiera.
Fue la misma discusión que se dio en la Asamblea Nacional Constituyente en 1990 cuando por un lado el sociólogo barranquillero Orlando Fals Borda, creador de la Investigación Acción Participante (IAP) y promotor de la democracia participativa, lideró la adopción de un nuevo modelo de ordenamiento territorial, fundamentado en el reparto del poder en términos de descentralizar competencias y recursos a partir de municipios, provincias, regiones y entidades territoriales indígenas autónomas. Por el otro lado, estaban los(as) constituyentes que defendían a brazo partido las figuras territoriales de la centenaria constitución de 1886, especialmente los Departamentos importados de Francia, como una entidad territorial subnacional que reconoce un poder público centralista y admitía una asimetría en la distribución inversas de competencias y asignación de recursos.
El sociólogo constituyente Fals Borda no consiguió los votos suficientes para que se adoptara en la Constitución, promulgada hace 33 años, su propuesta de reordenamiento territorial y quedó aprobada una fórmula transicional de región, provincia y resguardos indígenas para convertirse en entidades territoriales autónoma a futuro que aún hoy no se concreta. La propuesta para el Estado social de derecho del constituyente de la IAP, electo por la Alianza Democrática M19, es remedialmente agotar el proceso de regionalización del Estado y hacer el tránsito a un Estado regional.
En cuanto a la distribución de los recursos entre la Nación y las entidades territoriales plenas se pactó por los regionalistas y los departamentalistas de la Asamblea Nacional Constituyente. las fórmulas matemáticas de los originales artículos 306 (Situado fiscal) y 307 (Participaciones en los Ingresos Corrientes de la Nación), objeto de modificación por el Acto Legislativo aprobado hace 11 días como lo hemos planteado en las columnas publicadas recientemente por Diario del Norte “¿Más recursos para los Departamentos?”, “Más recursos para la educación superior a través del Sistema General de Participaciones” y “Referendo por la autonomía fiscal”.
El 11 de julio del próximo año se cumple el centenario del natalicio de Orlando Fals Borda y se debe aprobar la ley de competencias y de recursos que reglamenta el Acto Legislativo antes referenciado. El mejor homenaje que el Gobierno nacional, el Congreso de la República y la ciudadanía le puede tributar a Fals Borda, es apoyar el modelo de reordenamiento territorial que presentó en 1990, particularmente, por la profundización de la descentralización y mayor autonomía territorial para las regiones, provincias y entidades territoriales de los pueblos originario, que para Orlando Fals son los indígenas, los afros, artesanos, campesinos(as) y colonos(as), de los cuales hay que rescatar los principios de solidaridad, libertad, dignidad y autonomía respectivamente.
Desde la Universidad Nacional, en alianza con otras Instituciones de Educación Superior, entidades territoriales y organizaciones de base, estamos organizando una programación de actividades para recuperar la memoria, preservar su legado, y constatar la vigencia del pensamiento y obra de Fals Borda. En este sentido, la primera acción que proponemos a los 1014 municipios, 7 distritos, y 32 Departamentos y a las organizaciones comunitarias que aplican la IAP falsbordiana, es declarar el 2025 como año Orlando Fals Borda. Ya lo hizo la Universidad del Atlántico a través del Acuerdo de Consejo Superior Universitario No 030 de 2024 “Por el cual se declara el año 2025, año Orlando Fals Borda,“ promovido por el profesor Blas Zubiría de programa de Sociología de esa Institución universitaria.
Lo segundo que proponemos es consensuar una red “2025 Centenario natalicio Orlando Fals Borda” que tenga como fundamento ser federada, descentralizada y autónoma para organizar y desarrollar las actividades durante todo el año 2025 aplicando los criterios de concurrencia, complementariedad y subsidiariedad.
Si usted, comprometido y altruista lector(ra), tiene una iniciativa para asociarse a la celebración del Centenario del natalicio de Orlando Fals Borda, favor enviarla al correo njsuarezf@unal.edu.co o sunorma1@hotmail.com para integrarla a las actividades que se desarrollarán el año entrante.