En un comunicado dirigido al contralor general, Carlos Hernán Rodríguez, la procuradora delegada para la Salud, la Protección Social y el Trabajo Decente, Diana Margarita Ojeda, arremetió contra un reciente informe de la Contraloría que alega desvíos millonarios de recursos por parte de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) en el sistema de salud colombiano.Las observaciones de Ojeda cuestionan la validez y el fundamento legal del informe presentado por la Contraloría, el cual acusa a las EPS de manejar de manera indebida los fondos asignados a través de la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
De acuerdo con Ojeda, la Contraloría sugirió sin una base legal clara que, durante el año 2020, las EPS utilizaron los recursos de la UPC para pagar deudas acumuladas en ejercicios fiscales anteriores. Específicamente, el informe de la Contraloría sostiene que más de 5 billones de pesos de la UPC de 2020 se destinaron al pago de servicios médicos que no correspondían a ese año, lo cual se considera una violación del principio de anualidad presupuestal.
Este principio, en su interpretación más estricta, implica que los fondos asignados en un determinado año fiscal deben ser utilizados exclusivamente para los gastos y servicios de ese mismo periodo. Así, la Contraloría insiste en que los recursos de la UPC de 2020 debieron emplearse únicamente para cubrir los costos asociados a ese año, sin aplicarse al pago de deudas de años anteriores. La controversia sobre si las EPS deben o no adherirse al principio de anualidad en el manejo de sus recursos generó un acalorado debate jurídico que involucró, incluso, al Ministerio de Hacienda.
En respuesta a estos señalamientos, la procuradora delegada para la Salud, la Protección Social y el Trabajo Decente, manifestó su desacuerdo con las conclusiones del equipo auditor de la Contraloría. En su escrito dirigido al contralor general, Ojeda señaló: “esta Procuraduría delegada ha podido advertir un grave desacierto por parte del equipo auditor al considerar que las EPS les pueda resultar aplicable el principio de anualidad del presupuesto general”. Este argumento señala la falta de fundamento legal que, según Ojeda, caracteriza la postura de la Contraloría en este caso.