La Corte Constitucional declaró inexequible el cambio de nombre de la Fuerza Aérea Colombiana por Fuerza Aeroespacial Colombiana.
La Sala Plena tomó esta decisión tras analizar una acción ciudadana que señalaba que los congresistas no podían cambiar mediante una ley ordinaria, el nombre de una institución.
«La Sala encontró que dicha norma legal es incompatible con lo previsto en los artículos 4 y 217 de la Constitución, en la medida en quepor medio de una ley ordinaria no se puede modificar la denominación dada por la Carta Política a la Fuerza Aérea», determinó la Corte Constitucional.
Sostiene la Corte que en este caso, en el artículo 217, la Constitución contempla y denomina a la Fuerza Aérea como parte de las Fuerzas Militares.
Por lo tanto, la Corte concluyó que el legislador no tiene margen de configuración para modificar lo anterior y, “de hacerlo, como ocurrió en este caso, transgrede lo previsto en el antedicho artículo y, además, el principio de supremacía de la Constitución, previsto en el artículo 4”.
En conclusión, la Fuerza Aérea Colombiana tendrá que seguir llamándose de esa manera y no Fuerza Aeroespacial Colombiana.