La sala plena de la Corte Constitucional anuló dos artículos del Código de Policía, los que impedían a los ciudadanos consumir bebidas alcohólicas o consumir la dósis mínima de droga en espacios públicos.
Dicha medida había sido incluida en la reglamentación porque se consideraba que el consumo de sustancias psicoactivas o alcohol afectaba la convivencia entre las comunidades. Sin embargo el alto tribunal determinó que la norma violaba el libre desarrollo de la personalidad.
«Hay una vulneración de los derechos constitucionales previstos en la Constitución Nacional en los artículos 16, que prevé en libre desarrollo de la personalidad, el 20 que contempla derecho fundamental a la libertad de expresión y 82 que dispone el derecho colectivo al uso común del espacio público», dice la demanda presentada en la Corte contra la prohibición.