A través de redes sociales se dio a conocer una carta enviada por el presidente de Panam Sport Neven Ilic, a los Comités Olímpicos Nacionales miembros de esta organización.
En la comunicación se destaca que, en virtud de los acontecimientos con la ciudad de Barranquilla y retiro de la sede por incumplimientos del contrato, solicitaba “saber si su país desea albergar los XX Juegos Panamericanos del año 2027”.
Asimismo, señala en caso de que su país desee albergarlos, deberá comunicarlo por escrito hasta el 31 de enero del 2024.
También explican que tal como lo establece su Estatuto en los artículos 26.13.1 la documentación que se requiere presentar al Comité Ejecutivo de Panam Sports es la siguiente:
– Carta de Intención del CON que apruebe la candidatura de la Ciudad Solicitante que aplique para organizar los Juegos Panamericanos.
– Carta firmada por la máxima autoridad gubernamental de la Ciudad Solicitante comprometiéndose a respetar el Estatuto de Panam Sports, el Reglamento de los Juegos Panamericanos y las Directrices de las Ciudades Candidatas.
– Carta firmada por la máxima autoridad del Gobierno Regional, el Estado, Provincia o Departamento en donde se encuentra la ciudad solicitante para los Juegos, comprometiéndose a respetar el Estatuto de Panam Sports, el Reglamento de los Juegos Panamericanos y cualquier acuerdo suscrito entre Panam Sports y la Ciudad Solicitante y/o el Comité Organizador incluyendo, de manera enunciativa mas no limitativa, el Contrato con la Ciudad Sede.
– Carta firmada por la máxima autoridad del gobierno del país donde se encuentra la Ciudad Solicitante, en la que el Gobiemo Central garantiza el financiamiento de todos los costos relacionado al proyecto de los XX Juegos Panamericanos 2027, junto con respetar el Estatuto de Panam Sports, el Reglamento de los Juegos Panamericanos y cualquier otro acuerdo suscrito entre Panam Sports y la Ciudad Solicitante y/o el Comité Organizador incluyendo, de manera enunciativa mas no limitativa, el Contrato con la Ciudad Sede.
La Carta deberá incluir una garantía legalmente vinculante o ser acompañada de un instrumento legal que garantice el acceso al país de los atletas, dirigentes, oficiales, jueces, representantes de los medios y otros participantes durante los Juegos Panamericanos, debidamente acreditados por nominación de sus Comités Olímpicos Nacionales respectivos, de la Confederación Deportiva Panamericana y/o Federación Internacional relevante o por el Comité Ejecutivo.