El Tribunal Superior del Distrito de Riohacha admitió tutela contra el Juzgado Promiscuo del Circuito de San Juan del Cesar, promovida por Jeremías Ustáriz Jiménez y Eduardo Romero Saurith, presidente y primer vicepresidente del Concejo de La Jagua del Pilar, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa, y a la defensa jurídica.
Lo anterior, con motivo de la sentencia de tutela proferida por el citado juzgado el 28 de septiembre de 2020 dentro de otra acción promovida por Jenifer Juliet Morón Pinto, en contra de la mesa directiva del Concejo Municipal.
El lío judicial inició con la elección y posesión de Julis Abuabara Martínez, como personera de La Jagua del Pilar, toda vez que el juez del municipio de San Juan del Cesar, Harold Fabián Daza Díaz, solicitó que se revocara todo lo actuado por los concejales en respuesta a una demanda interpuesta en su momento por Jenifer Morón, quien actuaba como personera de La Jagua del Pilar, al momento del proceso que se surtió para elegir a quien podría sucederla en el cargo.
El Tribunal vincula a Jenifer Morón al Concejo, a la Universidad Francisco José de Caldas, al Instituto de Extensión y Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano de la Universidad Francisco José de Caldas, al Juzgado Promiscuo de La Jagua del Pilar, y a la Universidad del Atlántico.
También se vincula a quienes participaron del concurso de méritos para proveer el cargo de personero como Gualberto Oñate, Liseth Ovalle, Julio Armando Romero Cantillo, Elieth Serrano López, Eliana Linero Lara, Keith Pérez Lara, Nayib Habid Olivella, Ronald Acosta Liñán, Luis Carlos Cormane, Miguel Morelo, Niribeth Contreras, Julis Abuabara Martínez, puesto que con la decisión se pueden ver afectados sus intereses.
En el fallo se indica que, el Concejo de La Jagua del Pilar debe poner en conocimiento el autoadmisorio y el libelo de tutela con sus anexos, a todas las personas que tengan interés en la acción de tutela que se tramita, publicándolos a través de su página web, circular interna, aviso en cartelera o medio más expedito que considere pertinente, para que en el término de un día intervengan dentro de la misma si lo considera pertinente, debiendo allegar constancia de lo anterior al Despacho Judicial.