La Representante a la Cámara por La Guajira, María Cristina ‘Tina’ Soto, es la autora de la ley que amplía el plazo para demandar por acoso laboral.
En plenaria de Senado fue aprobado en último debate el proyecto de ley que modifica el artículo 18 de la Ley 1010 de 2006 que establece el término de caducidad para que se puedan interponer acciones administrativas o judiciales para sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones laborales.
“Logramos ampliar el término de caducidad de seis meses a tres años, para hacer efectivo el acceso a la justicia para las víctimas de conductas de acoso laboral y hostigamiento en las relaciones laborales, siempre en defensa de los derechos laborales de los colombianos”, afirmó Tina Soto.
Esta modificación ordena la contabilización del término de caducidad de tres años a partir del último acto u hostigamiento en la relación laboral, equiparándolo con las acciones laborales establecidas en el artículo 151 del Código Procesal del Trabajo. Se debe recordar que, en la actualidad, el término de caducidad es de solo seis meses.