El presidente de la República, Gustavo Petro, ha enviado un oficio a la procuradora general Margarita Cabello, denegando la solicitud de nombrar alcalde encargado del Distrito de Riohacha, basándose en la figura de control exofficio de convencionalidad.
Tras conocerse la suspensión provisional del alcalde del Distrito de Riohacha, José Ramiro Bermúdez, por presuntas irregularidades en la contratación del diseño, rehabilitación, construcción y mantenimiento de la red de acueducto y alcantarillado de la ciudad, el ente de control solicitó a la Presidencia de la República nombrar alcalde encargado por el periodo de suspensión.
Según oficio enviado por el presidente Gustavo Petro a la procuradora Margarita Cabello, le reitera que el ente de control no tiene competencia para la suspensión de personas electas a través de voto popular debido a que va en contra de la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José ratificado por el Gobierno Colombiano, tratado que hace parte del bloque de constitucionalidad.
En su Artículo 23 de este tratado, que habla sobre los derechos políticos, sostiene que dichos derechos solo serán suspendidos por condena de un juez competente en proceso penal. Ante esto, el oficio dirigido al ente de control, enfatiza que la Procuraduría es una autoridad administrativa por ello no puede emitir este tipo de medidas para elegidos por elección popular.