¿Sacrificio o crimen? Esta es la pregunta que ronda entre los amantes de gallos, cuando conocieron que en la finca Porvenir, jurisdicción del municipio de Manaure, fueron sacrificados 210 gallos finos que habían sido decomisados en el área de Carrizal, sector conocido como ‘Cardón’, en la Alta Guajira, por miembros de la Estación de Guardacostas Ballenas, cuando eran transportados en un barco de bandera panameña que llevaba mercancía ilegal y navegaba sin luces.
Se conoció que los animales venían procedentes de Puerto Rico e hicieron escala en Miami, pasando luego a Panamá, Aruba y Colombia para entregar a sus dueños previa compra ubicados en las ciudades de Medellín, Cartagena, Cali, Bogotá, Riohacha, San Juan del Cesar, y con última escala en Ecuador.
“Son aves de alta competencia, finos, que para que salgan de su país de origen son sometidos a una serie de exámenes para garantizar su buen estado de salud”, manifestó el abogado Hennys Márquez González, quien tiene amplio conocimiento del tema.
Dijo que los animales de acuerdo a su criterio, se pueden sacrificar, pero cuando hay indicios graves de que están enfermos.
Además, manifestó que los gallos salieron de pelear en Puerto Rico, y para poder trasladarlos se les toma una muestra de sangre para determinar realmente en qué estado se encuentran. Además que son vacunados contra el moquillo, la viruela y la gripe aviar.
“Se podían haber dejado en cuarentena, lo que hicieron fue un crimen”, aseveró el jurisconsulto.
De igual forma, añadió que si bien las autoridades actuaron conforme al derecho por la mercancía que encontraron y que, al parecer, era de contrabando, lo que se critica es la decisión “extrema” de sacrificar los 210 animales, cuando existen otros mecanismos como aislarlos, para determinar su estado de sanidad.
Argumentó que son seres vivos, cuidados con amor por sus dueños, además del costo económico de cada uno de ellos.
Corte Constitucional
A propósito del sacrificio de los 210 gallos finos, la Corte Constitucional recientemente dejó en firme la sentencia C-666 de 2010, que reafirmó que las corridas de toros y las peleas de gallo hacen parte del arraigo cultural en Colombia, por lo que no se puede calificar como un acto de maltrato animal.
La decisión tiene que ver con la revisión de una demanda contra la ley 774 de 2016, sobre protección animal, que excluyó a los toros, gallos, becerros y otros animales que participan en espectáculos artísticos.
El alto Tribunal consideró que el maltrato animal está prohibido en Colombia, pero analizó ciertas prácticas que no pueden calificarse de esa manera, sino como “actos culturales” que deben respetarse en los municipios donde esa actividad tenga arraigo.
Los dueños
Los dueños de las aves, representados por el abogado Julio César Gutiérrez, anunciaron una demanda porque cuentan con todos los soportes para demostrar la legalidad de los mismos, amén del valor que oscila entre los 5 y 17 millones de pesos cada uno.
En el lote sacrificado se encontraba un gallo fino de propiedad de ‘Monchito Imperio’, un reconocido gallero internacional, quien estaría participando en una pelea en Ecuador, invirtiendo 15 mil dólares por poner a prueba su ejemplar.
El grupo de aves estaban programados para participar de un desafío en la Feria de las Flores, en la ciudad de Medellín, entre las cuerdas de República Dominicana y Puerto Rico.
El ICA
James Aragón, director del ICA en La Guajira, explicó que la institución actuó de acuerdo a la competencia que le asiste de no poner en riesgo sanitario al país, amparados en la ley 1255 de 2008.
Explicó que los animales fueron sacrificados porque se desconocía el estado sanitario de procedencia y sus dueños no acreditaron ninguna documentación que permitiera establecer el estado de salud de los mismos.
“En el momento en que la Armada atendió la situación lo puso a disposición de la Dian, quien nos solicita el concepto zoosanitario”, indicó.
Precisó que la solicitud de la Dian se fundamenta con el acta de aprehensión que les hacen llegar, además de la inspección a las aves, por lo que se ordenó su sacrificio por las condiciones en que fueron encontradas.
“Los animales no se pueden poner en cuarentena, porque al ICA le toca proteger. No podemos correr el riesgo de que esos animales traigan una enfermedad tan devastadora como es la influencia aviar de la cual Colombia se autodeclaró país libre”, especificó el funcionario Aragón.
Por otro lado, agregó que en estos casos lo mejor es el sacrifico, para lo cual se hizo una fosa en el predio Porvenir, cumpliendo con todos los protocolos.
Expuso que los animales se sacrifican con una aguja en la parte de la cabeza, que le desconectan el cerebro del resto del cuerpo y el animal muere.
Influenza aviar
De acuerdo al ICA, la gripe o influenza aviar es una enfermedad viral altamente contagiosa de las aves, presentándose generalmente en forme epidémica y transfronterizas. Además, se considera altamente patógena y provoca hasta el 100% de la mortalidad de las aves.
La presencia de infección por virus de influenza aviar de declaración obligatoria está definida por dos parámetros que son:
El aislamiento y la identificación de virus de influenza aviar de declaración obligatoria altamente patógena o la detección de ácido ribonucleico (ARN) específico de este tipo de virus en aves de corral o en un producto derivado.
Una de las medidas para prevenir y controlar la influenza Aviar (IA) es promoviendo la educomunicación dentro de la población, enseñando las características de la enfermedad, a fin de lograr reconocimiento e inmediata notificación al ICA.
El proyecto de prevención y control de la IA se implementa enmarcado en la Ley 1255 del 28 de noviembre de 2008: “Por la cual se declara de interés Social Nacional y como prioridad sanitaria la creación de un programa que preserve el estado sanitario de país libre de influenza aviar. Así como el control y erradicación de la enfermedad de Newcastle en el territorio nacional y se dictan otras medidas encaminadas a fortalecer el desarrollo del sector Avícola Nacional”.