Así lo dio a conocer el mandatario del Distrito de Riohacha a través de comunicado a la opinión pública, donde sostiene que cumplido con el tiempo de suspensión se reintegra a sus funciones como alcalde electo del Distrito de Riohacha.
“Con mi acostumbrado respeto a las normas constitucionales y a los organismos de control, como también al acto proferido desde del pasado 27 de abril por la Procuraduría delegada que ordenó mi suspensión como alcalde de Riohacha, me aparté del cargo cumpliendo con el tiempo de suspensión”, sostuvo el alcalde José Ramiro Bermúdez.
El mandatario fue suspendido como medida cautelar dentro de la investigación que se le adelanta por las presuntas irregularidades en la contratación del diseño, rehabilitación, construcción y mantenimiento de la red de acueducto y alcantarillado de la ciudad. En su momento, el ente de control solicitó a la Presidencia de la República nombrar alcalde encargado por el periodo de suspensión.
Sin embargo, en las últimas horas se conoció un oficio donde el presidente Gustavo Petro se dirige a la procuradora general Margarita Cabello, reiterándole que el ente de control no tiene competencia para la suspensión de personas electas a través de voto popular debido a que va en contra de la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José ratificado por el Gobierno Colombiano, tratado que hace parte del bloque de constitucionalidad.
En su Artículo 23 de este tratado, que habla sobre los derechos políticos, sostiene que dichos derechos solo serán suspendidos por condena de un juez competente en proceso penal. Ante esto, el oficio dirigido al ente de control, enfatiza que la Procuraduría es una autoridad administrativa por ello no puede emitir este tipo de medidas para elegidos por elección popular.
Dicho oficio desata un nuevo choque de trenes entre el organismo de control y la Presidencia de la República.