El Consejo de Estado, a través de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo, dejó en firme la elección de Ivón Manjarrez como alcaldesa del municipio de La Jagua del Pilar para el periodo 2024–2027, al resolver en segunda instancia una demanda que solicitaba la nulidad del proceso electoral por presunta trashumancia y otras irregularidades.
La acción judicial fue promovida por el ciudadano Belisario Jiménez Luquez, quien sostuvo que en el corregimiento El Plan se habrían instalado mesas de votación de manera irregular y que personas que no residían en el lugar participaron en los comicios.
Tras examinar el expediente, el alto tribunal concluyó que no se acreditó de forma suficiente la existencia de trashumancia electoral ni que los votos cuestionados hubieran tenido un impacto determinante en los resultados de la elección.
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De igual forma, la corporación estableció que el corregimiento El Plan sí hace parte del territorio de La Jagua del Pilar y que la instalación de mesas de votación en ese sector se realizó conforme a las disposiciones del proceso electoral.
Con estos argumentos, el Consejo de Estado confirmó la decisión adoptada previamente por el Tribunal Administrativo de La Guajira, que había rechazado las pretensiones de la demanda, ratificando así la validez de la elección de la mandataria municipal.








