Editorial Diario del Norte
Editorial

La acción preventiva de la Procuraduría General

Una acción preventiva expidió la Procuraduría General de la Nación a través de una circular para evitar riesgos que puedan afectar a las comunidades sobre la prestación continua,…

Una acción preventiva expidió la Procuraduría General de la Nación a través de una circular para evitar riesgos que puedan afectar a las comunidades sobre la prestación continua, con calidad y cobertura de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, y comprometer la gobernanza territorial.

La Procuraduría advierte que su acción preventiva busca evitar la comisión de irregularidades que puedan generar consecuencias legales y administrativas, comprometer la gobernanza territorial y afectar el bienestar de los ciudadanos, y promueve el cumplimiento normativo y el uso adecuado de los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP).

La medida pretende que las empresas de servicios públicos cumplan con la prestación de manera continua y con calidad, que en el caso de La Guajira lamentablemente deja mucho qué desear.

Es además una herramienta para que los alcaldes también exijan de esas empresas el cumplimiento cabal de los contratos que suscriben para prestar los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.

Los entes territoriales son los responsables de la prestación de los servicios públicos en sus jurisdicciones, quienes al concesionarlo deben hacer seguimiento estricto para que cumplan con sus obligaciones.

En la circular se establece que La Procuraduría Delegada para la Gestión y Gobernanza Territorial – Pdggt, debe vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos, proteger los derechos humanos, asegurar su efectividad y defender los intereses de la sociedad.

Adicionalmente, se ejercen funciones preventivas y de control de gestión en asuntos relacionados con la descentralización y las entidades territoriales, y en particular, al correcto manejo de los recursos del Sistema General de Participaciones (en adelante) en su componente de agua y saneamiento básico, de conformidad con los lineamientos de la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, acatando lo previsto en el Decreto Ley 028 de 2008 sobre la estrategia de monitoreo, seguimiento y control de los recursos del SGP.

El ministerio público recordó la obligación de que los prestadores de servicios desarrollen “la operación del servicio de aseo de manera que se minimicen sus impactos, especialmente la dispersión de residuos en la vía pública, garantizando su prestación conforme a lo establecido en el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (Pgirs) y evitando riesgos para la salud pública”.

En el anterior contexto, dentro de sus ejes de acción se encuentra el fortalecimiento de la gobernanza territorial, que busca impulsar alternativas estratégicas desde un enfoque misional y preventivo, orientadas a optimizar la gestión de las autoridades nacionales y locales.

En este caso particular, dicho enfoque se dirige a garantizar la eficiente prestación de los servicios públicos y el adecuado uso de los recursos, garantizando la correcta ejecución y evitando situaciones que puedan poner en riesgo la prestación de los servicios, además de generar conflictos con los prestadores que podrían derivar en consecuencias legales y administrativas que afecten la gobernanza territorial y el bienestar de los usuarios.