A partir del 1 de noviembre las empresas prestadoras de servicios de acueducto podrán retomar las acciones de suspensión en predios residenciales, que fueron restringidas desde el año anterior, por determinación de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico –CRA–, como consecuencia de la pandemia por Covid-19.
“A partir del 1 de noviembre de 2021, los prestadores del servicio público domiciliario de acueducto deberán reiniciar las acciones de suspensión y corte del servicio por falta de pago o por las demás causales de acuerdo con lo previsto en los artículos 140 y 141 de la Ley 142 de 1994, el contrato de condiciones uniformes y la Resolución CRA 955 de 2021”, señala la CRA.
Añade en el documento que “la Resolución CRA 911 de 2020, no previó la condonación de las deudas adquiridas por los usuarios del servicio público domiciliario de acueducto con el prestador durante su vigencia, ni la gratuidad del servicio. En ese sentido, el prestador y el usuario moroso tienen la opción de suscribir acuerdos de pago en relación con tales deudas, los cuales se rigen por el derecho civil”.








