El Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira admitió una demanda de pérdida de investidura contra el alcalde del Distrito de Riohacha, José Ramiro Bermúdez, cuando se desempeñaba como concejal en el periodo 2016-2019.
La demanda fue interpuesta por Carlos Julio Moscote Medina el pasado 25 de octubre.
El demandante fundamenta su petición en que Bermúdez, en su condición de concejal para el periodo 2016-2019, incurrió en la causal de incompatibilidad prevista en el numeral 1° literal B del artículo 39 de la ley 734 del 2002, pues actuó de manera dolosa gestionando la recepción de los asuntos y recursos públicos de la Alcaldía de Riohacha como alcalde electo para el periodo 2020-2023.
De acuerdo con el demandante, José Ramiro Bermúdez conformó comisión de empalme en su condición de alcalde electo para solicitar información a la administración de Juan Carlos Suaza Móvil, cuando ese paso debía cumplirse una vez tomará posesión del cargo.
De acuerdo con el Tribunal Contencioso Administrativo, la demanda reúne los requisitos sustanciales previstos en el artículo 5 de la ley 1881 de 2018.
Se advierte que frente a la demanda no ha operado el fenómeno de la caducidad, como quiera que el artículo 6 de la Ley 1881 establece que la demanda de pérdida de investidura debe presentarse dentro de los cinco años siguientes al de la ocurrencia del hecho generador de la causal de pérdida de investidura, so pena de que opere el fenómeno de la caducidad, que para el caso estaría dado por la presunta configuración de incompatibilidades acaecidas con ocasión del proceso de empalme que se realizó entre noviembre y diciembre del 2019.








