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Los resguardos indígenas en la Constitución de 1991

Por: Normando José Suárez
octubre 25, 2021
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Un logro de la Carta Política de 1991 fue reconocer los resguardos indígenas como entidades territoriales, junto con los departamentos, distritos y municipios (Artículo 286).

Como tal, son autónomos. En tal virtud, tienen los siguientes derechos: Gobernarse por autoridades propias, ejercer las competencias que les correspondan, administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones y participar en las Rentas Nacionales. (Artículo 287). En los artículos 356 y 357 está la fórmula como ellos son parte del Sistema General de Participaciones –SGP– que se desarrolla en la ley 715 de 2001 de competencias y recursos.

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 25 del Decreto 1953 de 2014, son beneficiarios de los recursos de la Asignación Especial del SGP para Resguardos Indígenas, los legalmente constituidos y reportados por el Ministerio del Interior al Dane y al Departamento Nacional de Planeación –DNP–.

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Según la distribución del documento SGP-55-2021, la asignación especial corresponde a Municipios Ribereños, Plan de Alimentación Escolar –PAE– y a los resguardos indígenas por valor de $34.861, 217.879 y 226.594 millones de pesos corrientes, respectivamente, que corresponden a las once doceavas para la vigencia 2021.

De esos, 226.594 millones de pesos para la vigencia 2021 participan 848 resguardos indígenas, ubicados en jurisdicción de 272 municipios y áreas no municipalizadas. En ese sentido y en virtud de lo dispuesto por el artículo 26 del Decreto 1953 de 2014, los recursos se distribuyen en proporción a la participación de la población del resguardo, en el total de población indígena certificada por el Dane.

Reciben los resguardos de La Guajira este año once de doce mensualidades por un monto de $53.423.518.799 pesos corrientes y de ese total, los cinco resguardos Media y Alta Guajira (Riohacha, Albania, Maicao, Manaure y Uribia) les transfieren $44.871 millones. Al de Uribia los once giros (febrero a diciembre) suman 27.588.394.498 pesos

Si Ud.,  o cualquier persona,  desea confirmar la cantidad de recursos que recibe mensualmente el resguardo al cual pertenece  puede  acceder a la información ingresando  al enlace https://www.dnp.gov.co/programas/inversiones-y-finanzas-publicas/Paginas/Sistema-General-de-Participaciones—SGP.aspx#veintiuno.

Si además quiere saber cuánto dinero le han girado  a los  29 resguardos  adscritos a La Guajira  desde 1994 hasta la fecha también está disponible esas cifras en la base de datos del DNP.

Suponemos que las autoridades de los resguardos de La Guajira hacen todos los años rendición de cuentas, no solo ante la Contraloría y el DNP, sino antes las comunidades asentadas en sus resguardos que las eligen con procedimientos propios de cada etnia.

De todas formas, ante la calamitosa situación por lo que están atravesando el pueblo wayuú, arhuaco, arzario y kogui de La Guajira, particularmente en lo del hambre, desnutrición, agua potable y saneamiento básico, educación y salud, por citar los más crítico, es conveniente que las autoridades del resguardo insistan en buscar fórmulas para resolver esos problemas haciendo mingas (alianzas estratégicas dirían los alijunas) con los municipios, Departamento y la Nación.

Como quiera que los resguardos indígenas está incardinado en municipios, esos recursos se transfieren a cuenta especial de las entidades bancarias de la jurisdicción territorial. Es indispensable que los resguardos a través de sus autoridades deben firmar un convenio con las administraciones municipales para poder comprometer y gastar esa participación.

En caso de los 29 resguardos guajiros todos anualmente deben suscribir el mencionado documento contractual con los problemas de alcaldes que intentan intervenir en la inversión de los proyectos pretendiendo ser co-ordenadores del gasto de esos recursos.

Es inexplicable que los resguardos en el departamento de La Guajira no hayan hecho el trámite para el manejo autónomo de sus participaciones como lo vienen haciendo 26 resguardos indígenas de toda la geografía colombiana que se encuentran acreditados para la ejecución directa de los recursos correspondientes a la vigencia 2021, en cumplimiento de lo señalado en el Capítulo III del Título II del Decreto 1953 de 2014 y el artículo 2.2.5.6.1.9. del Decreto 1082 de 2015

El reto de este año es que el mayor número de los 29 resguardos de La Guajira, por no decir que todos, se acrediten para la ejecución directa de aproximadamente los sesenta mil millones que recibirán en 2022 destinado a mejorar las condiciones de los grupos más vulnerables de los wayuú, kogui-malayo-arhuaco.

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