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Moción de censura y revocatoria de mandatos, acciones fallidas

Por: Martín Nicolás Barros Choles
septiembre 11, 2021
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La moción de censura, sanción aplicada por el Congreso y la revocatoria de mandato a presidentes, gobernadores, alcaldes, congresistas, diputados, concejales y todos aquellos que resulten elegidos popularmente en términos preestablecidos en disposiciones legales. 

Se trata de dos acciones originadas en la Constitución del 91, artículos 40- 103 y 146, reglamentadas en la ley 5/92 131 y 134/94, que a la fecha no han tenido suerte, en la intención de aplicación durante su vigencia.

La moción de censura es un procedimiento que permite al Congreso de la República forzar el retiro de ministros del poder ejecutivo nacional (Gobierno), por aprobación en Sección de Sala Plena conformada por Senado y Cámara de Representantes, mediante mayoría absoluta de votación conjunta. Se genera por propuesta de parlamentarios fundamentadas en responsabilidades, política y administrativa.

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La revocatoria de mandato es una acción pública mediante el cual, los ciudadanos dan por terminado el mandato conferido a alcaldes, gobernadores y presidentes en determinado periodo de gobierno. En la revocatoria participan no solo los que eligieron el gobernante, sino todos los registrados en el censo electoral. 

El procedimiento inicia con requisitos tácitos, apoyado por lo menos con el 40% de firmas válidas de ciudadanos que sufragaron en elección, objeto de revocatoria. Seguidamente, debe citarse a convocatoria mediante referendo, para que en votación popular se aprueben, Si o No la salida del mandatario. El resultado de la votación debe sobrepasar el 50% de ciudadanos habilitados en censo electoral y la votación no puede ser inferior a la votación de la autoridad elegida que se persigue o pretenden revocar.

La Registraduría del Estado Civil ha contabilizado desde 1996, 109 elecciones de revocatoria y hasta la fecha ninguna ha prosperado. Lo mismo ha ocurrido con mociones en el Congreso, con menor volumen que la revocatoria. La revocatoria que estuvo más cerca de coronar le faltaron seis votos para cuajar. 

Al gobierno del presidente Duque le ha tocado sortear el mayor número de moción de censura entre sus ministros de despachos. Este año han presentado tres mociones de censura contra ministros: Defensa, Hacienda y Tecnología. Dos de los ministros renunciaron antes de la votación, Alberto Carrasquilla y Karen Abudinen. 

La moción de censura es una sanción política que castiga no solo a ministros que tumban o sacan del mandato, sino también una bofetada para el presidente de turno. Muy difícil que prospere una moción de tal índole, donde predomina la corrupción con parlamentarios sin conciencia, inescrupulosos y deshonestos; acostumbrados a venderse, en prostíbulo del clientelismo politiqueros, lo cual sirve al mandatario para comprar una mayoría que le garantice frustrar la acción y salvarlo de aplastante golpe. Les toca endulzarlo con mermeladas y cupos indicativos para que los parlamentarios negocien contrataciones con alcaldes y gobernadores. 

Mientras tengamos congresistas que compran las curules con recursos económicos adquiridos de manera ilícitas, no habrá confianza ni esperanza, sino vergüenza de lo mal representado que estamos. Priman intereses, particulares y personales por sobre el interés general colectivo. 

Las revocatorias de mandatos fracasan por apatía, desinterés de ciudadanos y falta de recursos económicos para motivar y comprar electores. Si la causa de revocatoria es el incumplimiento del programa de gobierno, más del 80% de gobernadores y alcaldes estarían incursos en causal de revocatoria, porque van por vías diferentes a las registradas en el documento (programa de gobierno) en la inscripción de candidatura, ante autoridad electoral. Algunos mandatarios ni recuerdan apartes del contenido textual del referenciado programa, cuando supuestamente los ciudadanos votan por un programa de gobierno improvisado, que ni siquiera en campaña política se socializan. Tampoco se asimilan a proyectos de Planes de Desarrollos.

El incumplimiento de programa de gobierno debe declararlo la autoridad electoral, después de 18 meses de posesión como autoridad territorial confrontado y verificando hechos y omisiones por hacer investigando quejas ciudadanas, relacionado con término de continuidad o retiro, sin que sea necesaria la recolección de firma para tal objetivo que hasta ahora no han tenido éxito en pegar. Se puede implementar fecha única en el territorio nacional para que se lleven a cabo todas las revocatorias que se declaren para municipios y departamentos, celebrando una jornada electoral nacional única.

De esa forma, el programa de gobierno deja de ser letra muerta, documento inefectivo y una burla para los electores que terminan, engañados y estafados, por incumplimientos de alcaldes y gobernadores.

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