Se convirtió en un deporte olímpico nacional desacatar órdenes judiciales. Es desconcertante e indignante, por decir lo menos, que servidores públicos eludan el cumplimiento de sentencias cuando estas no son de su agrado, pues los fallos de los jueces de la República son para obedecerlos, así no se comulgue con ellos.
En efecto, tan solo unos días después de proferido un fallo de tutela por el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Maicao, el secretario de Hacienda de Maicao, Alejandro Rutto Martínez, persiste en el incumplimiento de lo ordenado por el juez Ronald Jiménez Therán, quien tuteló el derecho fundamental al debido proceso de un contribuyente a quien represento.
La providencia de segunda instancia que revocó el fallo emitido por el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Maicao que había declarado improcedente la acción de tutela, ordenó tanto a la Secretaría de Hacienda como a la Alcaldía Municipal de Maicao para que un plazo no mayor de tres días expidiera la factura del impuesto predial únicamente de la vigencia 2020 del accionante al que le liquidaron e incluyeron las vigencias fiscales 2018 y 2019 que se encontraban a paz y salvo.
El fallo fechado el 4 de diciembre de 2020 no solo dispuso que se expidiera la factura de la vigencia actual, sino que exhortó a los accionados a que conceda el respectivo descuento a que tenía derecho el contribuyente cuando se presentó el derecho de petición en agosto de este año. Así mismo, conmina a la Alcaldía de Maicao y la Secretaría de Hacienda Municipal para que a futuro evite incurrir en este tipo de prácticas que socavan los derechos más elementales de los contribuyentes, garantizando así la eficiencia de los servicios de la administración del Estado.
Una vez notificada la sentencia, el secretario de Hacienda el 16 de diciembre del presente año envió sendos oficios a través de correo electrónico al Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito, al accionante y a la Personería Municipal informando que se daba cumplimiento a la sentencia y adjuntaba nuevamente y de forma tozuda la factura del tributo con las vigencias 2018 y 2019, desatendiendo con ello la decisión judicial.
Se sienta entonces un mal precedente por parte de la administración municipal, pues el doctor Rutto Martínez burla a placer la decisión proferida por el juez constitucional y sin ruborizarse informa a las partes que cumple con lo ordenado cuando es patente el incumplimiento. Ante este escenario, presenté oportunamente Incidente de Desacato para que se respete lo esgrimido en la sentencia del 4 de diciembre de 2020.
Para finalizar, me surgen dos interrogantes: ¿Desacata motu proprio el secretario de Hacienda la sentencia de segunda instancia, a sabiendas de las consecuencias jurídicas que le puedan sobrevenir por sustraerse al cumplimiento del fallo? ¿será oportuno pensar que quienes le animan a desatender el fallo son los asesores jurídicos de los que goza la administración municipal? Me inclino por lo primero, debido a que a los profesionales del derecho se nos instruye en la academia para brindar asesorías objetivas e imparciales sobre la realidad de un asunto sometido a nuestra consideración. A los abogados se nos está vedado mentir para satisfacer los más recalcitrantes deseos de nuestros clientes y/o jefes.