El Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira dejó sin efecto la destitución e inhabilidad por diez años impuesta a Pedro Celestino Arteta Bonivento, tras declarar la nulidad del auto No. 012 del 29 de julio de 2022, expedido por la Registraduría Especial de Riohacha.
La decisión, adoptada por la magistrada Carmen Cecilia Plata Jiménez, concluyó que el proceso disciplinario adelantado contra Arteta vulneró principios fundamentales del debido proceso, especialmente por fallas en las notificaciones del pliego de cargos y del fallo, que se realizaron por correo electrónico sin la autorización expresa del investigado, cuando debieron ser personales.
El alto tribunal advirtió que esta omisión afectó de manera sustancial el derecho a la defensa y constituyó una transgresión grave de las garantías constitucionales. Por tal razón, ordenó dejar sin efecto la sanción impuesta y solicitó a la Procuraduría General de la Nación el retiro inmediato de la inhabilidad en el sistema de antecedentes disciplinarios (plataforma SIRI).
Arteta Bonivento, quien se desempeñó como analista de sistemas en la Registraduría Departamental de La Guajira bajo nombramiento provisional, había sido sancionado por presunto abandono de cargo. Sin embargo, el proceso fue objeto de cuestionamientos por irregularidades procedimentales desde su inicio.
Si bien la sentencia restablece sus derechos políticos y retira la inhabilidad, el tribunal rechazó las pretensiones indemnizatorias por daño moral y perjuicios materiales, al considerar que no se acreditó una afectación real, ya que el demandante no ocupaba un cargo por mérito ni ejercía funciones públicas al momento de la sanción.








