Un nuevo giro en la política de salud ocupacional entró en vigor con la expedición de la Resolución 1843 de 2025, emitida por el Ministerio del Trabajo el…
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Un nuevo giro en la política de salud ocupacional entró en vigor con la expedición de la Resolución 1843 de 2025, emitida por el Ministerio del Trabajo el pasado 29 de abril. Esta norma transforma de manera sustancial la gestión de incapacidades laborales en Colombia, al introducir criterios más estrictos, fortalecer la prevención médica y establecer mayores responsabilidades para empleadores, EPS e IPS.
El nuevo marco normativo busca «cerrar brechas en la atención de salud laboral, evitar incapacidades sin respaldo clínico y promover entornos laborales más seguros y sostenibles». Entre sus principales disposiciones, la resolución garantiza exámenes médicos ocupacionales gratuitos para todos los trabajadores, sin distinción del tamaño de la empresa. Las instituciones prestadoras de salud deberán presentar un informe anual consolidado de resultados, con el fin de dar seguimiento al estado de salud laboral en el país.
En cuanto a la gestión de ausencias prolongadas, el Ministerio impone tres evaluaciones clave:
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Valoración médica post-incapacidad, obligatoria cuando la incapacidad supera los 30 días.
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Evaluación para el retorno laboral, exigida si el trabajador se ausenta por 90 días o más, incluso sin justificación médica.
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Control ocupacional posterior, para verificar condiciones laborales y cumplimiento de recomendaciones médicas vigentes.
Uno de los cambios más significativos recae sobre los empleadores, quienes deberán entregar a las IPS toda la información técnica relacionada con el entorno de trabajo, como perfiles de cargo, estudios ergonómicos y matrices de riesgo. Asimismo, estarán obligados a implementar, en un plazo máximo de 20 días, las recomendaciones formuladas por el personal médico, lo que incluye adecuaciones en los puestos de trabajo o reubicaciones.
Con miras a «combatir el uso indiscriminado de incapacidades médicas», la resolución establece que «todas deben estar respaldadas por evidencia clínica verificable». Además, «EPS e IPS deberán reportarlas de manera digital y en tiempo real, lo que permitirá un mayor control y fiscalización por parte del Estado».
Finalmente, como medida de bienestar laboral, se anunció que «todas las empresas deberán poner en marcha programas de pausas activas durante la jornada, orientadas a prevenir enfermedades musculoesqueléticas, reducir el estrés y mejorar la salud integral de sus empleados».
Con esta normativa, el Gobierno Nacional busca fortalecer la cultura del autocuidado, fomentar la corresponsabilidad institucional y garantizar una mayor eficiencia en el sistema de salud ocupacional colombiano.