El Tribunal Superior de Bogotá tumbó la resolución de la Fiscalía que cerró el proceso en favor de Cielo María Gnecco.
Los magistrados dejaron sin efecto la decisión del ente acusatorio que archivó el proceso de la dirigente política del Cesar, quien era investigada por un caso de secuestro y homicidio.
Es así que el Tribunal en su fallo pide reabrir el caso y le dio cinco días al fiscal 103 delegado para que emita una nueva decisión.
Para la magistratura, esa resolución con la que el fiscal Luis Raúl Acero, cerró el caso, fue “arbitraria y caprichosa”, y su actuar amerita para que sea investigado penal y disciplinariamente.
“Por consiguiente, se dispone compulsar copias ante la Fiscalía General de la Nación y la Comisión de Disciplina Judicial”, se lee en el fallo.
El Tribunal compulsó copias ante la Comisión de Disciplina Judicial para que investiguen si el ente investigador tomó una decisión irregular que terminó beneficiando a la jefe del clan político.
El caso
El fiscal 103 delegado ante el Tribunal de Bogotá, Luis Raúl Acero, decretó la nulidad de todo lo actuado, revocó la declaratoria de lesa humanidad y cerró el caso en favor de Cielo María Gnecco porque la acción penal en su contra ya estaba prescrita.
Cielo Gnecco era investigada, en el marco de un proceso de ley 600 (anterior sistema penal) por su presunta participación en el secuestro y asesinato de dos contratistas de la Gobernación de Cesar que, se habrían negado a pagar coimas de $2.500 millones en el año 2002.
El caso en su contra se originó por unas declaraciones que entregó a la justicia en el año 2017, Julio Manuel Argumedo, alias ‘Gabino’, un exparamilitar, quien dijo a la Fiscalía que supuestamente los contratistas fueron secuestrados por petición de Cielo Gnecco.
A finales de 2023, luego de que la Fiscal Quinta especializada de Cesar revocó la orden de captura contra Gnecco, el caso fue asignado de manera especial a un fiscal de Bogotá.
En el documento, el fiscal explica que, las conductas investigadas contra Cielo Gnecco, no constituyen delitos de ‘lesa humanidad’, de acuerdo con la normatividad, no todo ‘homicidio agravado’ adquiere ese estatus.
“Considerar un homicidio agravado como un homicidio en persona protegida y seguidamente de manera alejada a la juridicidad pretender así mismo rotularlo como un delito de ‘lesa humanidad’ solo con la finalidad de convertirlo -como lo expresa el togado de la defensa- en ‘imprescriptible’, para poder así continuar la investigación, pues ello resulta a todas luces no solo arbitrario, sino además, incoherente con la normatividad y jurisprudencia nacional e internacional”, se lee en el documento de la Fiscalía.
El fiscal 103 delegado ante el Tribunal, también estableció que, si la conducta delictiva se cometió en el año 2002, se puede concluir que la acción penal prescribió en el año 2020, “aunque realmente prescribió en el año 2014, es decir, muchos años antes de que el exparamilitar alias ‘Gabino’ colaborara con la Fiscalía, y mucho antes de que un fiscal de Valledupar decidió declarar el caso como ‘lesa humanidad’ en el año 2023.
“La Fiscalía perdió la competencia y la potestad de continuar investigando y profiriendo todo tipo de decisiones”. Por esta decisión, el fiscal 103 será investigado penal y disciplinariamente.








