Transcurridas las accidentadas elecciones del 29 de octubre pasado, posesionados (as) los alcaldes (as) y gobernadores (as) hace veinte días, adelantados los incompletos empalmes y nombrados con la volumetría de los aportes y apoyos en votos a los equipos de gobiernos territoriales, la pregunta del millón es: ¿Cuál debe ser la prioridad de las nuevas administraciones de todos los municipio, distritos y departamentos de Colombia?
La respuesta es la formulación, concertación, aprobación, ejecución y evaluación de los respectivos Planes de Desarrollo para los próximos cuatro años de acuerdo con el mandato de la Constitución Nacional y de la ciudadanía en el marco de una democracia participativa, sin excluir, entre otros, planes de contingencia de corto plazo para enfrentar las urgencias que no dan espera a las comunidades locales como los efectos adversos del Fenómeno del Niño.
Suponemos que los electos(as), independiente de celebraciones, pensaron que la primera acción antes de posesionarse era la elaboración de la hoja de ruta para cumplir su Programa de Gobierno votado mayoritariamente por un electorado libre y maduro políticamente, así como quien iba a ocupar el cargo de planeación territorial.
Lo cierto es que de acuerdo con la ley de planeación (152 de 1994) a la fecha se deben estar formulando la primera versión del plan de desarrollo 2024-2027. Hay plazo hasta el 1 de marzo de 2024 para cumplir por las autoridades locales con este compromiso.
¿Qué debe contener las bases de los Planes de Desarrollo en construcción en estos dos meses? Si partimos de la consideración que estos instrumentos prospectivos son la operacionalización de los Programas de Gobierno ganadores, las propuestas-promesas y las acciones para materializar esas apuestas derivada de un diagnóstico elaborado con la comunidad constituyen el núcleo central de esas brújulas que son los planes de desarrollo.
Estos responden en términos de problema cuatro preguntas básicas: Qué, cómo, a quién y con qué medio y recursos se concreta el mandato que le entrega la ciudadanía a los mandatarios (as) electos bajo el supuesto del voto programa y la revocatoria de mandato. Desde otra perspectiva, son una racionalización de gestión gubernamental utilizando criterios de eficacia, eficiencia, efectividad e impacto en la relación de medios y fines.
En últimas, de acuerdo con el artículo 339 de la Carta Política y los artículos 5 y 6 de la ley 152/1994, en la estructura de los Planes de Desarrollo, es su versión inicial, no pueden faltar 8 elementos agrupados en dos partes: La estratégica y la operativa (plan de inversiones).
La primera parte integra una relación de fines y medios: Objetivos, metas, estrategias, políticas, programas (proyectos) y la armonización de los anteriores elementos por niveles territoriales (local, municipal, distrital, departamental, nacional e internacional) sobre el supuesto que es necesario concertar vía concurrencia alianzas estratégicas por que los recursos propios no son suficiente para ejecutar la totalidad del plan de desarrollo finalmente aprobado en mayo de 2024.
La segunda parte se estructura con los siguientes elementos básicos: Un diagnostico fiscal- financiero, las proyecciones del ingreso que se estiman recibir en 2024-2027, la identificación de las fuentes de financiación, la descripción de los programas a ejecutar en el cuatrienio, los presupuestos plurianuales y los mecanismos idóneos de ejecución de los planes de inversión.
En esta fase inicial es imprescindible introducir al pueblo para legitimar con el sello ciudadano a la formulación de los Planes de Desarrollo 2024-2027. Para este propósito existen los más diversos mecanismos de participación ciudadana como están propuestos en la ley 1757 de 2015.
Sin embargo, unos de los más promovidos son las mesas de concertación a partir de los problemas más sentidos en la comunidad, por sectores de competencia o por poblaciones diferenciales más vulnerables. Se podría ensayar con Diálogos Territoriales Vinculantes como se hizo para el Plan Nacional de Desarrollo y avanzar en la articulación de los Planes de Desarrollo Territoriales 2024-2027 con el del nivel nacional actual. Sería interesante explorar la posibilidad de aplicar los presupuestos participativos.
Invitamos a los lectores(as) de Diario del Norte desde donde residen (municipio, Distrito y Departamento) a participar en el seguimiento a la formulación de los Planes de Desarrollo.Para este fin ofrecemos gratuitamente la guía que hemos elaborado con el grupo de investigación Iapp (Investigación Acción y Planeación Participante) de la Universidad Nacional que puede consultar en https://www.facebook.com/profile.php?id=100047637919553&mibextid=vk8aRt