El Consejo de Estado amparó el derecho fundamental de petición interpuesto por la Junta de Vivienda Comunitaria del barrio la Bendición de Dios, a través de su representante legal, Kelly Johanna Ruiz Ortega, contra el Distrito de Riohacha.
En el fallo el alto tribunal ordena a la administración distrital, responder la solicitud interpuesta por la accionante el pasado 14 de septiembre del 2022, la cual deberá realizarse dentro de las 48 horas siguientes a la notificación.
Con la solicitud de amparo, la accionante pretende que se protejan sus derechos fundamentales de petición, igualdad, debido proceso, vivienda, quienes además afirman que son víctimas de la violencia.
Además, invocan el derecho de posesión por prescripción extraordinaria, derecho de titularización y legalización de los lotes, derechos de viviendas dignas a población desplazadas étnicas, derecho de petición y principio de confianza legítima de las familias del barrio citado.
Solicitan que se ordene al alcalde del Distrito y a la Superintendencia de Notariado y Registro, expedir actos administrativos donde ordenen la titularización, legalización y sanear la propiedad de los lotes de más de 100 familias desplazadas étnicas ubicadas en el barrio La Bendición de Dios.
También que se incluya en el Plan de Ordenamiento Territorial del Distrito de Riohacha al barrio La Bendición de Dios, para que tenga reconocimiento urbanístico, tal como lo ordena el precedente constitucional.
En el documento, la quejosa expresa que los habitantes del referido barrio tienen una Junta de Acción Comunal debidamente registrada ante la Alcaldía de Riohacha, vías urbanas y pagan servicios públicos domiciliarios e impuestos.
Indica que, incluso, en su barrio se han adelantado proyectos de inversión social como la construcción del Colegio Nuevo Horizonte 7.
Aduce que, mediante oficio del 6 de abril de 2022, la directora de Ordenamiento Urbanístico y Espacio Público de la Alcaldía de Riohacha, Natalia Romero Maestre, le puso de presente que: “el barrio La Bendición de Dios, no cuenta con reconocimiento urbanístico dentro del “Acuerdo 078 del 29 de octubre de 2015, Plan de Ordenamiento Territorial del Distrito de Riohacha”, por tal motivo no es posible emitir certificado de delimitación”.
La Corte indicó que la Presidencia de la República, el Ministerio de Vivienda y la Superintendencia de Notariado y Registro contestaron el derecho de petición interpuesto por la señora Kelly Johanna Ruiz Ortega –representante legal de Junta de Vivienda Comunitaria del barrio La Bendición de Dios.
“En lo que atañe a la Alcaldía de Riohacha, de las pruebas allegadas a este trámite, no se observa ninguna clase de respuesta proporcionada por tal entidad territorial. Es importante resaltar que en el trámite del presente proceso tampoco hubo pronunciamiento alguno de dicha autoridad, pese a que fue debidamente notificada”, precisa el Consejo de Estado.