La Guajira es un departamento fronterizo de 20.848 km2, que representa el 15,7% de la extensión del Caribe Colombiano y el 1,8% del territorio nacional. Territorio desértico en la Alta Guajira y con nieves en los picos de la Sierra Nevada de Santa Marta (5775 m), con 403 kms costeros que representan el 24,4% del litoral Caribe y 249 kms de frontera con Venezuela.
Según las proyecciones del Censo del 2018, en el 2022 cuenta con 1.002.394 habitantes correspondiente al 9.4% del Caribe y el 1,92% del país. El 28,7% se encuentra entre la edad de 0 a 13 años, de ellos 112.396 son menores de 5 años.
El 51% de sus habitantes se encuentran en la parte rural. La población étnica (indígena y afrocolombianos) es de 455.187 (51,69%), 394.683 (44,82%) de ellos son wayuú asentados de manera dispersa en los municipios de Riohacha, Manaure, Uribia, Maicao, Albania, Hatonuevo, Barranca, Fonseca, Distracción y San Juan.
La historia de esta península está determinada por los desencuentros con la Nación. Ha sido una región que desde el inicio del periodo colonial se mantuvo por fuera de las lógicas mediterráneas que primaron en el país y cuyos indígenas no fueron sometidos. Hasta la parte alta del siglo XVII perteneció a la Real Audiencia de Santo Domingo.
Al inicio de la República su economía dependió del comercio con los puertos de las colonias holandesas en el Caribe. Para integrarla, en la Carta de Jamaica, Simón Bolívar (1815) propuso a Bahía Honda en el municipio de Uribia como capital de la naciente República de la Nueva Granda, lo cual no pudo lograr.
René de la Pedraja señala que por las tensiones existentes a finales del siglo XIX Panamá optó por la separación y La Guajira prefirió mantener la clandestinidad de sus relaciones comerciales con el Caribe y por este malestar fue cedida a Venezuela, pero rechazada por su Congreso. A partir de allí se ha conservado disfuncional a los modelos de desarrollo económico y social de la Nación.
Las regalías
Asociada a sus debilidades institucionales que hasta hoy se mantienen, a las dificultades de invertir de manera eficiente y transparente los recursos de regalías, a los problemas sociales como la desnutrición, la muerte continua de niños y la sequía que prima en gran parte de la Alta Guajira, se le determina como el revés de la nación; territorio salvaje; frontera y tierra de nadie; la vergüenza de la nación y el confín del mundo (finis terrae) y que según Pérez V-L se genera por la existencia de un profundo síndrome de vacío del Estado y de mercado. Solo la explotación de recursos naturales (sal, gas y carbón) durante la década de los setenta logró vincularla tardíamente al sistema productivo del país.
La estructuración del Plan Nacional de Desarrollo que determinará las políticas públicas en Colombia 2022-2026, abre las puertas para el establecimiento de los Diálogos Regionales Vinculantes, como una metodología de participación y revitalización de la democracia desde la base y que en La Guajira se llevarán a cabo durante el 6 y 10 de octubre en Riohacha y Maicao, quedando pendiente uno adicional que se programará en el sur del Departamento.
Los diálogos regionales contienen seis ejes temáticos: i) el ordenamiento territorial, en relación con el contextos demográficos y sociales determinantes, integración de los POT, economía Ilegal, definición derechos de propiedad/catastro multipropósito, jerarquización e instituciones; ii) la seguridad humana y justicia social en donde revisará la concepción integral de la seguridad física, social, tragedias naturales, empleo, riesgo, amenazas por vulnerabilidad; iii) el derecho humano a la alimentación, las alternativas para la modernización de la agricultura y fortalecimiento de producción agropecuaria; iv) el crecimiento verde con justicia que incluye la economía verde, proceso industrial limpio, mejorar las tasas de ahorro para acelerar la inversión; v) la convergencia social-regional buscando reducir brechas entre hogares y regiones, mejorar niveles absolutos de indicadores sociales y vi) la estabilidad macroeconómica como una manera de obtener recursos para la gestión de las políticas públicas incluyentes.
Los Diálogos Regionales Vinculantes serán valiosos para encontrarse con la nación, ya que La Guajira presenta una serie de privaciones que inciden en el nivel de salud (enfermedades gastrointestinales y desnutrición) y pobreza: i) oficialmente sólo el 4% de la población rural tiene acceso a agua potable; ii)aunque la cobertura urbana alcanza el 90%, la continuidad promedio es de 9 horas por día; iii) solo 3 de 15 municipios tienen agua apta para el consumo humano; el 76% de la población vive en municipios que no tratan sus aguas residuales adecuadamente; la cobertura en salud que es cercana al promedio nacional, no es oportuna ni de calidad en los territorios dispersos y la tasa de analfabetismo (para personas de 15 y más años) es del 14,93% cuando en la nación es del 5,00%.
Estos factores incidentes fueron tomados y valoradas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para emitir las medidas cautelares para la especial protección del pueblo wayuú y la Corte Constitucional para declarar el estado de cosa inconstitucional, como la violación generalizada de los derechos al agua, alimentación, salud y participación por parte de las comunidades wayuú y en especial de los niños y niñas de la etnia.
Para corregir esta situación, la Corte Constitucional mediante la Sentencia T-302 de 2017 declaró la existencia de un estado de cosas inconstitucional y protegió los derechos fundamentales al desarrollo armónico e integral de las personas menores de edad, derechos relacionados con: i) la vida; ii) la integridad física; iii) la salud; la seguridad social; iv) la alimentación equilibrada y v) el acceso a agua potable.
Un estado de cosas inconstitucional significa que existe una vulneración generalizada y continua de los derechos fundamentales de un grupo poblaciones, que en este caso es el wayuú. Ello implica que los municipios de Riohacha, Maicao, Manaure y Uribía, la Gobernación y las entidades nacionales accionadas deberán hacerlos máximos esfuerzos y destinar recursos adicionales para atender dicha situación, ya que las actuaciones de las autoridades han resultado insuficientes para resolver los hechos generalizados de desnutrición y muertes en La Guajira.
En este fallo histórico y trascendente para el desarrollo del departamento, las entidades accionadas en cabeza de la Presidencia de La República, buscarán actuar coordinadas y desarrollar actividades adicionales para superar el estado de cosas inconstitucional. Ellas deben evidenciarse en un Plan de Acción convenido con las comunidades indígenas, tratando de impactar el territorio con políticas públicas a partir de 8 objetivos mínimos constitucionales, los cuales se dividen en dos bloques. Los primeros 4 objetivos, sonde desarrollo socioeconómico y los 4 siguientes, están asociados a fomentar la calidad institucional con eficiencia y eficacia.
Las vulnerabilidades que enfrentan los grupos étnicos (wayuú, kogui, wiwa y arhuaco) y las limitaciones del desarrollo social como consecuencia de la incidencia de las altas tasas de desnutrición y mortalidad de niños menores de 5 años, han generados múltiples respuestas jurídicas de diferentes instancias, buscando llamar la atención por parte del Estado. Demandas judiciales contra el gobierno nacional y los gobiernos locales para intentar solucionar la preocupante situación de los niños y niñas de las comunidades indígenas, acciones y ordenes que poco se cumplen.
Los diálogos regionales vinculantes serán de gran utilidad, ya que para la ejecución del plan de acción las instituciones participarán de manera coordinada en el llamado mecanismo especial de seguimiento y evaluación, el cual se constituye en el conjunto de medidas adoptadas en el marco de la sentencia y de las órdenes concurrentes de otras decisiones judiciales, orientadas a garantizar el goce efectivo de los derechos de los niños y niñas del pueblo wayuú.
Fuente: Veeduría a la implementación de la Sentencia T-302 de 2017