La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), mediante una circular impartió nuevas instrucciones a los comercios con respecto al pago de las propinas.
La actualización la tomó el organismo de control ante los constantes episodios en donde los consumidores reclaman haber sido estafados con el cobro de costos exagerados en restaurantes o establecimientos nocturnos.
“Se actualizaron las instrucciones sobre cómo se debe informar a los consumidores acerca de los precios y la voluntariedad de la propina, así como el derecho de no pagarla o de modificar su cuantía si les es sugerida”, precisó la entidad de vigilancia y control.
En cuanto al apartado de propina, la autoridad nacional indicó que se modificaron los siguientes aspectos:
- La propina es un reconocimiento voluntario del consumidor a las personas que hacen parte de la cadena de servicios por el buen servicio y producto recibido, por lo que depende plenamente del consumidor su pago o no.
- El establecimiento puede sugerir el valor de la propina, siempre que no supere el 10% del valor del servicio prestado, y se le debe preguntar al consumidor, cuando este solicita la liquidación de su cuenta, si desea incluirla en la factura o si desea pagar una cuantía diferente.
- El consumidor puede decidir no pagar la propina o modificar su cuantía en cualquier momento, incluso después de que se haya emitido la factura de venta, si no se le preguntó antes de emitirla.
- Mediante avisos fijados a la entrada del establecimiento, en las cartas y en las listas de precios, se debe informar a los consumidores sobre la voluntariedad de la propina y su destinación, así como el correlativo derecho que les asiste de no pagarla o de modificar su cuantía cuando esta les sea sugerida.
- En el mismo aviso anterior, se deben informar a los consumidores que, ante cualquier inconveniente con el cobro de la propina, puede comunicarse con la Superintendencia de Industria y Comercio a través de sus canales de atención telefónica o por el correo institucional contactenos@sic.gov.co.
- Estas disposiciones entrarán a regir dentro de los dos meses siguientes a su publicación en el Diario Oficial, es decir, desde el 5 de noviembre de 2022.