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Corte Suprema confirma condena contra Aida Merlano pero rebaja su pena a 11 años

Por: Redacción
mayo 29, 2020
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La Corte Suprema de Justicia confirmó condena contra Aida Merlano Rebolledo por los delitos de corrupción al sufragante, concierto para delinquir y porte o tenencia ilegal de armas de fuego de defensa personal. El alto tribunal en el mismo fallo le rebajó la pena definitiva de prisión a la excongresista prófuga de la justicia colombiana, en 11 años y 4 meses en lugar de los 15 años de cárcel que inicialmente le habían impuestos. 

En la decisión de segunda instancia, la Sala de Casación Penal remite la sentencia a la Mesa Directiva del Senado de la República para que aplique la silla vacía a la curul de la condenada Merlano. También expide copias a la Procuraduría General de la Nación para que investigue la posible omisión de hacer efectiva esta figura cuando fue capturada la electa senadora.

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Para el alto tribunal, “los congresistas –como Aida Merlano, elegida y reconocida como tal por el Consejo Nacional Electoral–, en los términos del artículo 134 de la Constitución Política, ‘solo podrán ser reemplazados en los casos de faltas absolutas o temporales que determine la ley’, y ‘en ningún caso’, cuando son condenados por delitos contra los mecanismos de participación democrática. Es, pues, una sanción de orden constitucional que no requiere de un desarrollo legal para su aplicación y que en ningún caso se puede someter al régimen de faltas absolutas o temporales, pues de ser así la imperiosa sanción que contempla la Constitución Política sería inaplicable».

De igual manera la Corte explica que «no se puede ignorar que la conducta contra los mecanismos de participación democrática, si bien fue realizada cuando Aida Merlano Rebolledo se desempeñaba como representante a la Cámara, se diseñó con el fin de acceder al Senado de la República, y de allí la relación de imputación que surge entre el cargo de senadora para el cual fue elegida, la conducta con la que logró acceder a esa dignidad y la sanción constitucional que debe ser aplicada por esa razón».

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De acuerdo a lo que indica la providencia, la “organización política” de la excongresista mutó en una organización ilegal que ejecutó ilicitudes en un periodo específico con vocación de permanencia. No hay duda que el grupo político encubrió una asociación ilegal conformada por funcionarios públicos y particulares, para garantizar su elección el 11 de marzo de 2018.  

La Sala de Casación Penal reduce en 44 la pena de 180 meses de prisión impuesta en primera instancia a Aida Merlano. En 7 la sanción del porte ilegal de armas (delito más grave) porque su riesgo se redujo a la sede política. Y en 21 y 16 meses las sanciones por concierto para delinquir agravado y corrupción al sufragante, porque no existen pruebas ni certeza de que la exrepresentante hubiera empleado el mismo sistema de corrupción en elecciones anteriores a la de 2018 (2014 y 2015).

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