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Personería de Maicao inscribe y reconoce la Veeduría Ciudadana para la Gestión Pública

Mediante resolución No. 30 de octubre del 2020, la Personería Municipal de Maicao inscribió y reconoció la Veeduría Ciudadana para la Gestión Pública, organización social que le permite…

Mediante resolución No. 30 de octubre del 2020, la Personería Municipal de Maicao inscribió y reconoció la Veeduría Ciudadana para la Gestión Pública, organización social que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades, administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público.

Voceros de la organización naciente manifestaron a Diario del Norte que de “conformidad con lo dispuesto en el artículo 270 de la Constitución Nacional, ejerceremos en los ámbitos, aspectos y niveles en los que, en forma total o parcial, se empleen los recursos públicos, con sujeción a lo dispuesto en la presente ley”.

A su vez, el presidente de la Veeduría naciente expresó: “Las autoridades competentes deben entender que  la Veeduría Ciudadana, de acuerdo con la Ley 850 del 2003, es un mecanismo democrático de representación de los ciudadanos o de las organizaciones comunitarias, que permite vigilar la gestión pública de autoridades y entidades estatales o privadas, o de organizaciones no gubernamentales, en aquellos ámbitos, aspectos y niveles en los que total o parcialmente se empleen los recursos públicos”.

En ese sentido, Parody Martínez dijo que las “funciones se pueden resumir en dos modalidades: la primera tiene que ver con la relación entre Veeduría y Estado: vigilar la gestión pública y recaudar indicios y pruebas de corrupción o ineficacia en aquellas entidades que manejan recursos públicos; la segunda tiene que ver con la relación entre la Veeduría y la comunidad que representa: de un lado, fortalecer la participación ciudadana y comunitaria en la toma de decisiones, la gestión de asuntos que los afectan y el seguimiento y control de proyectos de inversión, y de otro lado cuidar los intereses de las comunidades beneficiarias de la acción pública”, dijo.

Y añadió que también hay que “velar por que las acciones estatales sean pertinentes, oportunas, lícitas y ajustadas a la técnica; conocer las normas, planes, programas, proyectos y contratos, así como el grado de avance real en la gestión de todos ellos. La información que se pida a este respecto debe ser la que importa y el grupo pueda manejar, tanto por el tema como por el volumen. Estudiar y analizar las explicaciones, razones e informaciones de las entidades controladas”.

Además, señaló que para la Veeduría “la primera virtud de la administración pública debe estar basada es la veracidad de la información, no es posible construir equilibrio y armonía basados en mentiras o en verdades a medias; la segunda virtud es la claridad; la tercera virtud es que la información que se pide y que se da esté completa; la cuarta es decir las cosas a tiempo para evitar que la justica opere de forma posterior y selectiva como viene sucediendo”.