Luego de la liquidación del contrato de la vía de cuarta generación –4G– entre los departamentos del Cesar y La Guajira, se abre una gran posibilidad de que se estructure una nueva Alianza Público-Privada –APP– para esta zona del país.
Cabe mencionar que hace unas semanas se le autorizó un desembolso de alrededor de 80.000 millones de pesos al concesionario que estaba a cargo de la autopista, la cual tuvo que ser cancelada porque no se llegó a un acuerdo con la comunidad sobre un peaje.
De acuerdo a una entrevista de Portafolio con el viceministro de Infraestructura, Manuel Felipe Gutiérrez, esto fue un paso hacia adelante que se dio en las últimas semanas, y que está relacionado con la vía que conecta al departamento del Cesar con La Guajira.
“Hay que pagarle lo que se alcanzó a avanzar a los constructores, a la concesión, por lo que se hizo una conciliación parcial de la liquidación del contrato y se autorizó el pago de unos $80.000 millones”, manifestó el funcionario del Gobierno nacional.
Igualmente, se conoció que la liquidación de dicho contrato se hizo bajo la supervisión de la Contraloría General de la República. “Lo que se hizo fue a partir de las normas del contrato y el ente de control estuvo de acuerdo”, sostuvo Gutiérrez.
En cuanto a la posibilidad de abrir una nueva APP para esa autopista, el viceministro dijo que lo primero que hará el Gobierno nacional es buscar un diálogo y un acuerdo con la comunidad.
“Lo que tenemos que hacer antes de abrir una nueva licitación es concertar con las comunidades, porque sin eso el proyecto no es viable”, acotó el funcionario de Infraestructura.
Cabe recordar que el proyecto Cesar – La Guajira contemplaba una longitud de 350 kilómetros, de los cuales 233 km. eran de rehabilitación y 166,5 de mantenimiento rutinario.
Además, este proyecto que era de iniciativa privada permitía conectar los departamentos del Cesar y La Guajira, y también consolidar una comunicación con la frontera con Venezuela. Asimismo, una de las mayores dificultades del proyecto fue ponerse de acuerdo con las comunidades para la construcción de los peajes.
En su momento, la construcción de uno de los peajes de la concesión quedó detenida por cuenta de una orden de la Corte Suprema de Justicia que solicitaba realizar unas consultas previas con la comunidad sobre esas obras.
Luego de eso, los habitantes de la zona decidieron frenar la construcción del peaje en el corregimiento Río Seco (Valledupar), por lo que la concesión dejaba de recibir los recursos para seguir la obra.
Debido a esa situación y a que el tiempo de las consultas previas se tardó más de lo previsto en los términos contractuales, la concesionaria Construcciones El Cóndor, que estaba a cargo de la autopista de cuarta generación, decidió solicitar la liquidación del contrato.
Sin embargo, se esperaba que la liquidación terminaría a finales del año 2017, pero hasta hace pocas semanas se logró la aprobación del pago a la concesión, con lo que se abre la puerta para que se empiecen a ver las salidas para estructurar un nuevo proyecto.
En ese sentido, es clave destacar que las consultas previas y los acuerdos con las comunidades también han sido una dificultad en algunas vías 4G, por lo que el Gobierno nacional fijó una hoja de ruta para evitar que ese tipo de conflictos afecten a parte de las otras 30 concesiones que tiene el programa de autopistas de cuarta generación.
Fallo de la Corte Suprema de Justicia
En octubre de 2016, la Corte Suprema de Justicia en decisión adoptada por el magistrado Luis Armando Tolosa Villabona, de la sala de Casación Civil, había resuelto la apelación al fallo de tutela emitido por la Sala de Familia del Tribunal Administrativo de Riohacha, donde se abstuvo de vincular a los ministerios del Interior y de Transporte; a la Agencia Nacional de infraestructura –ANI– y a la concesión Cesar-Guajira, para que se abstuvieran de instalar y poner en funcionamiento el peaje de Río Seco, también conocido como Los Haticos.
La acción de tutela fue incoada por el Consejo Comunitario Ancestral Carmelo Banqueth, del corregimiento Los Haticos.
Fue así como la Corte Suprema declaró nulo todo lo actuado en la tutela a partir del auto admisorio, sin perjuicio de la validez de las pruebas en los términos del inciso 20 del artículo 138 del Código General del Proceso.
En segundo lugar se ordenó la revisión del expediente, para que reponga la actuación, disponiendo la vinculación de las comunidades étnicas, indígenas y afrodescendientes; que habiten en la región de influencia del peaje, conforme en la parte motiva de la sentencia.
Entonces estaban a la espera de que el Tribunal Administrativo de Riohacha emitiera un nuevo fallo después de anular la primera decisión adoptada.