No hubo Fiscal
fabio1962olea@gmail.comv
El pasado 8 de febrero la Corte no eligió Fiscal General. El país esperaba con expectativa que se produjera la elección en medio del clima de tensión institucional que se vive entre el presidente, la Corte Suprema de Justicia y el Fiscal saliente Francisco Barbosa. No hubo humo blanco.
Dos días antes en el Palacio de Nariño se habían reunido los presidentes de la República y de la Corte Suprema, indicio de que podía haber elección. En la reunión – según trascendió – hablaron de la confrontación entre el presidente y el Fiscal Francisco Barbosa y, Petro le dijo al Magistrado Gerson Chaverra – presidente de la Corte – que su Gobierno no atacaría a la justicia; y que la convocatoria al pueblo para marchar ese mismo día de la sesión de la Corte no sería para presionarla.
Los hechos resultaron más convincentes que las razones. El país presenció lo que pasaba a la hora que sesionaba la Corte. Grupos de manifestantes se agolparon frente al Palacio de justiciay trataron de ingresar por la fuerza al edificio para presionarla a que eligiera Fiscal. La Corte no cedió a la presión, votó pero no eligió y convocó a sesión el próximo 22 de febrero. Ninguna de las aspirantes obtuvo 16 votos para ser elegida en el cargo.
Habiendo terna presentada por el presidente de la República, y aceptada por la Corte, uno pensaría que esta Corporación judicial debería elegir al Fiscal como manda la Constitución y, así debe ser. Pero la Corte se rige por un reglamento que exige una votación calificada de 16 votos favorables para elegir al Fiscal. El voto de cada Magistrado no tiene que ser necesariamente favorable a un nombre, ya que puede votar en blanco.
El artículo 5 del acuerdo 006 del 2002 (reglamento de la Corte) sobre quórum decisorio, establece que se requiere de las 2/3 de sus integrantes (23 Magistrados) para la elección de Fiscal General. El artículo 10 núm. 3 regula la elección, previo estudio de los candidatos de la terna que envia el presidente de la República. La Corte puede celebrar audiencias para escuchar a los integrantes de la terna.
El voto es obligatorio, pero podrá votarse en blanco (art. 40), y de acuerdo con el art. 41, en una sesión puede haber dos votaciones; cuando en la primera ningún candidato obtenga el número de votos necesarios, se efectuará una segunda circunscrita a los dos con mayor votación. Y puede haber una tercera votación en sesión posterior.
A estas alturas del procedimiento de elección ya: i) el presidente envió la terna; ii) la Corte estudió las hojas de vida y las aceptó; iii) las ternadas fueron entrevistadas por la Corte. Mi criterio jurídico ha sido y sigue siendo el de que cumplidos los puntos i) y ii) la Corte debe elegir si o si porque no tiene otra opción legal, y con ese objeto se ha reunido dos veces sin lograr ninguna candidata los votos suficientes.
El reglamento es vinculante jurídicamente para la Corte – desde luego que sí – pero más lo es la Constitución. Considero que si en las próximas sesiones no se alcanza la votación requerida para elegir, la elección no debe prolongarse más allá de un tiempo razonable, y la Corte para cumplir con su deber de elegir al Fiscal deberá modificar su reglamento de votaciones para que la elección sea por mayoría simple y no calificada, como he venido sustentando el tema.
Si la Corte se la pasa votando y no elige puede ocurrir lo que no debería y es que,si el presidente no cambia la terna, entonces podría transcurrir todo el periodo del Fiscal en manos de la Vice Fiscal (e), en contravía de lo que manda la Constitución que es elegir de la terna presentada por el presidente, y no, de no elegir atado a un Reglamento. El Reglamento puede modificarlo la Corte que lo aprobó, la Constitución no. Y si la Corte más adelante elige de esa terna sin modificar su reglamento, me pregunto ¿qué razón tuvo para no hacerlo antes?
Como abogado pienso que la Corte no ha elegido Fiscal porque ninguna candidata alcanzó 16 votos, pero como indio Wayuú-sinuano malicioso, intuyo que lo que hay en el trasfondo es una desconfianza de la Corte con las postuladas frente a su papel en las investigaciones penales contra el hijo del presidente, colaboradores cercanos o aliados políticos, valoración que si bien subjetiva no es irrelevante en la medida que se relaciona con la función judicial que cumplirá la elegida, y con los intereses del presidente.
Como demócrata libertario condeno cualquier presión e intimidación contra la Corte, venga de donde venga, como los sucesos bochornosos del pasado 8 de febrero.