Un decreto reciente del Gobierno, que define el régimen de transición en la reforma pensional, ha generado incertidumbre entre miles de cotizantes.
Este decreto establece que quienes, al 16 de julio de 2024, cuenten con al menos 750 semanas cotizadas (en el caso de las mujeres) o 900 semanas (en el caso de los hombres) podrán seguir bajo las reglas del sistema pensional vigente, según la Ley 100 de 1993.
El problema surge con las nuevas normas sobre el traslado de regímenes, es decir, el paso de un fondo privado a Colpensiones o viceversa; el decreto estipula que solo podrán hacerlo aquellos que aún tengan más de diez años para alcanzar la edad de jubilación, siempre y cuando cumplan con el requisito mínimo de semanas cotizadas (750 para mujeres y 900 para hombres).
Esto implica que quienes se encuentren a menos de diez años de la edad de jubilación, es decir, mujeres mayores de 47 años y hombres mayores de 52, no podrán trasladarse de régimen. Esta disposición ha causado preocupación entre los cotizantes que no podrán beneficiarse de esta opción, pese a no haber alcanzado aún la edad para pensionarse.
“Si no me he pensionado, cumplí 63 y soy hombre, uno pensaría que tengo el mismo derecho, pero hay un limbo en cabeza de los reguladores y no hay claridad de que esas personas se puedan trasladar (…) es un chicharrón que hay que resolver rápido porque la gente ya se está trasladando y hay un obstáculo de gente mayor que toca las puertas y no se le puede aplicar el traslado como quisiéramos”, indicó El vicepresidente técnico de Asofondos, Daniel Wills.
El impacto potencial es significativo. Jaime Dussán, presidente de Colpensiones, estima que alrededor de 250.000 personas se verían afectadas, mientras que los fondos privados de pensiones calculan que la cifra podría sumar 100.000 más, alcanzando un total de hasta 400.000 personas en este «limbo» pensional.
La situación podría derivar en una avalancha de demandas, ya que el único recurso disponible para los afectados sería acudir a los tribunales.
“Para los que tienen las edades cumplidas, mujeres de 58 u hombres de 63, en este momento el traslado no está determinado ni apoyado por el artículo 76 de la reforma; tendrían que reclamar ante los fondos la doble asesoría y si es negada tendrían que demandar”, explicó Iván Jaramillo, viceministro de Empleo y Pensiones.








