La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó el decreto 811 de 2020 por el cual se establecían medidas relacionadas con la inversión y la enajenación de la participación accionaria del Estado, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por la pandemia por el coronavirus.
El decreto le permitía al Estado ‘rescatar’ o apoyar a empresas en crisis que se hayan visto afectadas por la pandemia del coronavirus, es decir, comprar acciones de cualquier empresa en riesgo y luego enajenarlas.
“Este Decreto Legislativo establece el régimen especial aplicable a la inversión y la enajenación de los instrumentos de capital en empresas que adquiera o reciba la Nación- Ministerio de Hacienda y Crédito Público con el fin de mitigar los efectos económicos adversos que dieron lugar a la declaratoria de Emergencia”, decía uno de los artículos del decreto.
Igualmente establecía que cuando se llevara a cabo una enajenación total o parcial de la propiedad privada, pública o mixta que preste un servicio de interés público, se tomarían medidas para garantizar la continuidad de su servicio.
Desde el alto tribunal la decisión se tomó al considera que “el control automático de constitucionalidad no superó los juicios de necesidad, conexidad, finalidad y contradicción específica”.