La jueza María Mercedes Armenta Fuentes, del juzgado municipal de Uribia, declaró como improcedente una acción de tutela presentada contra el concejo de esa localidad por Paola Martínez Ortiz y Eliane Vizcaino Campo, quienes reclamaban el debido proceso en la elección del personero o personera de la localidad.
En el fallo de ordena que las entidades accionadas Concejo Municipal, y la universidad vinculada del Atlántico, procedan a la publicación del fallo a través de sus correspondientes páginas web para efectos de notificación a los vinculados de lo cual se deberá remitir constancia a los juzgados.
Cabe recordar que el abogado Janer Pérez, ocupó el primer lugar en el concurso público de méritos, y el segundo lugar fue para Ever Quintana, quien recientemente se posesionó como personero de Maicao al ganar allí la convocatoria. El concurso fue aplicado por la Universidad del Atlántico.
En el documento del fallo se indica que se declara improcedente la acción de tutela por haberse quebrantado el principio de subsidiariedad propio del procedimiento constitucional excepcional como quiere que el asunto debe ser dilucidado ante la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
Se precisa también que en los casos bajo estudio no fue demostrado un perjuicio irremediable que le permita al juez constitucional estudiar la vulneración de derechos fundamentales por lo tanto la primera línea de acción judicial para estudiar el caso le corresponde a la jurisdicción contenciosa administrativa.