Según, lo establecido por la ley 403 de 1997 los ciudadanos que ejerzan su derecho al voto tendrán algunos beneficios, entre los que se destaca.
- Ser preferido, en caso de igualdad de puntaje en los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
- Derecho a una rebaja de un (1) mes en el tiempo de prestación de este servicio, cuando se trate de soldados bachilleres o auxiliares de policía bachiller, y de dos (2) meses, cuando se trate de soldados campesinos o soldados regulares.
- Ser preferido en caso de igualdad de puntaje en la lista de elegibles para un empleo de carrera del Estado.
- Ser preferido en la adjudicación de becas educativas, de predios rurales y de subsidios de vivienda que ofrezca el Estado, en caso de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en concurso abierto.
- El estudiante de una institución oficial de educación superior tendrá derecho a un descuento del 10% del costo de la matrícula.
- Se beneficiará, por una sola vez, de una rebaja del diez por ciento (10%) en el valor de expedición del pasaporte que solicite durante los cuatro (4) años siguientes a la votación.
- Diez por ciento (10%) del valor a cancelar por concepto de trámite de expedición inicial y renovación del pasado judicial
- Diez por ciento (10%) del valor a cancelar por concepto de trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar.
- Diez por ciento (10%) del valor a cancelar por duplicados de la cédula de ciudadanía del segundo duplicado en adelante.
- Derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector.