La Corte Constitucional, en una histórica decisión, despenalizó el aborto en Colombia hasta la semana 24, pero no eliminó el delito del Código Penal.
La votación 5-4 fue tomada con presencia del conjuez Julio Andrés Ossa, en un proceso dilatado por impedimentos a jueces puestos por grupos opositores al aborto, y que hasta hoy no había abordado el debate de fondo.
Hasta hoy, el aborto estaba solo permitido por tres causales: riesgo para la salud física o mental de la mujer, abuso sexual y malformación del feto incompatible con la vida.
El alto tribunal decidió implementar un sistema mixto que permite el aborto sin restricciones hasta la semana 24 y de ahí en adelante con las 3 causales vigentes.
No se trata, no obstante, de la eliminación del delito del aborto del Código Penal -seguirá castigado a partir de las 24 semanas cuando no se trate de las tres causales-, como pedían las organizaciones feministas.
La decisión fue adoptada gracias a los votos de los magistrados Alberto Rojas, Diana Fajardo y José Fernando Reyes y del conjuez Julio Andrés Ossa, quien fue elegido para desempatar la votación en la Corte y hoy propuso esta variante a la demanda que yacía en ese tribunal.
En contra votaron los magistrados Cristina Pardo, Paola Andrea Meneses, Gloria Stella Ortiz y Jorge Enrique Ibáñez, según la información facilitada por la Corte.
La decisión fue vitoreada a las puertas de la Corte Constitucional en Bogotá por medio centenar de mujeres que esperaban ataviadas con las características pañoletas verdes y que rodearon a la organización feminista Causa Justa, impulsora de la demanda.
En 2020, al menos 4.268 niñas de entre 10 y 14 años fueron madres en Colombia, un país donde este tipo de relaciones sexuales son consideradas violaciones y que por tanto podrían entrar dentro de las causas del aborto legal. El aborto es la cuarta causa de mortalidad materna en el país y se calcula que de los 400.000 que se realizan en Colombia al año, menos del 10 % son llevados a cabo en instituciones sanitarias con